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«Las reglas por las reglas» por María Pardo Vergara

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Revista de Frente 12 junio, 2021  

             Las reglas por las reglas

María Pardo Vergara

Esta semana, la Vocería de los Pueblos emitió un comunicado haciendo un llamado a trabajar por la consecución de seis condiciones fundamentales para el proceso de transformación política del país: libertad; verdad y justicia; reparación; desmilitarización; no+ expulsiones; y soberanía. Respecto de esta última, el documento señala que “el proceso abierto por los pueblos no puede ser limitado a la redacción de una nueva constitución bajo reglas inamovibles, sino que debe ser expresivo de la voluntad popular, reafirmando su carácter constituyente sostenido en la amplia deliberación popular y la movilización social dentro y fuera de la convención”[1].

Varios salieron a hablar, entre ellos Lavín: “los que votamos en el plebiscito tenemos claras las reglas del juego, y los acuerdos se cumplen. Los acuerdos constitucionales son por dos tercios, y nadie puede salirse de eso, es malo para Chile que hayan condicionamientos”[2].

La actitud de patrón de fundo salta a la vista, pero más allá de eso, me gustaría detenerme en el argumento: la idea de apego irrestricto a las reglas (o mejor aún, al sagrado Estado de Derecho), que parece ser la vieja más confiable a la que recurren los de siempre para apuntalar su conservadurismo con miedo.

Primero está el asunto de quiénes acordaron esas reglas: un grupo de ocho hombres y tres mujeres, representantes de los partidos cuya legitimidad estaba y sigue siendo cuestionada por el pueblo. La decisión la tomaron ocho personas a puerta cerrada, y luego nos dijeron que el objetivo era “buscar la paz y la justicia social a través de un procedimiento inobjetablemente democrático”. Pero de eso ya se ha hablado mucho, así que paso al punto siguiente.

Cuando las reglas se levantan como banderas, no se trata en realidad de “las” sino de “unas” reglas. Desde luego que no son las reglas sobre derechos humanos las que se defienden. Se trata de aquellas reglas que podrían permitir la subsistencia del sistema que llevan tres décadas cuidando y alimentando.

Durante 30 años, las reglas han sido el chivo expiatorio de los de siempre: no es que no queramos cambiar las cosas -nos decían- es que no podemos; tenemos que seguir las reglas. Ahora sobre todo, las reglas se presentan como su última línea de defensa.

Ante la declaración de la Vocería de los Pueblos, tanto desde el oficialismo como desde la oposición de siempre, se condena la instrumentalización de las reglas, azuzando con ello el miedo al desorden y a los resquicios de una parte de la población. Demonizan la instrumentalización de las reglas por parte de quienes no están dispuestos, como ellos, a usarlas para defender un sistema que beneficia a un puñado de personas y precariza las condiciones de vida de miles.

Esto me lleva a un punto más general que me gustaría hacer sobre el tema. Es algo obvio, pero es importante mencionarlo: las reglas no existen por sí mismas. Les abogades lo sabemos muy bien, aunque muches hagan como que no se enteran. Las reglas no existen por sí mismas, ni en el papel, ni como entidades abstractas: ellas sólo existen como parte de un discurso que se articula en un contexto político, por parte de determinados agentes.

Las reglas no pueden sino ser instrumentos, precisamente porque no tienen existencia sino como consecuencia de que son dictadas y aplicadas por unos agentes de cuyos intereses resultan inseparables.

¿Quiénes dictaron las reglas del juego de las que habla Lavín? Y ¿quiénes las van a aplicar? Lo primero ya lo sabemos, pero lo segundo está por verse.

Cuando Lavín dice “los acuerdos constitucionales son por dos tercios, y nadie puede salirse de eso”, la pregunta fundamental es si hay una agencia que sea capaz de hacer efectivo esto de que “nadie puede salirse de eso”.

Si hay por parte de las fuerzas conservadoras vocación de no saltarse las reglas, se debe considerar que de acuerdo con el texto constitucional, ellas sólo pueden ser aplicadas por la convención, salvo en los casos en que un cuarto de sus miembres en ejercicio interpongan una reclamación ante la Corte Suprema por infracción a las reglas de procedimiento establecidas en la constitución vigente (art. 136 inc. 1 y 3 CPR).

Lo que salió a defender Lavín fue el quórum de dos tercios. ¿Es el quórum una regla de procedimiento? No hay nada dicho de antemano. Esa regla, como todas las demás, existirá como parte de un discurso articulado por determinados agentes. Entonces, más allá de les convencionales, la cuestión de los dos tercios dependería de las subjetividades e intereses de les cinco ministres de la Corte Suprema que fuesen elegides por sorteo para conocer de la reclamación que pudiese presentarse para estos efectos (art. 136 inc. 2 CPR).

Por otro lado, de concretarse en la elaboración del nuevo texto constitucional el llamado a la soberanía de la Vocería de los Pueblos, habrá que recordar que la constitución hoy vigente señala que “en ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración” (art. 136 inc. 1 CPR).

Con todo, cuando el nuevo texto esté listo y corresponda someterlo al plebiscito ratificatorio, quizás le quede a las fuerzas conservadoras una última posibilidad de defender el sistema a través de las reglas, porque la constitución vigente atribuye al TC la facultad resolver las cuestiones suscitadas por alguna de las cámaras sobre la constitucionalidad de las convocatorias de plebiscitos (art. 93 inc. 9 CPR).

Pero más allá del lugar del TC en los escenarios futuros, si el tema son las reglas por las reglas, cabe hacer notar cómo, a partir de la incesante pulsión por recurrir al TC que ha caracterizado nuestro proceso político-institucional, hemos tenido palco para observar la medida en la cual las reglas no han sido sino instrumentos, cuya existencia no resulta comprensible sin referencia a los agentes de cuyos intereses resultan inseparables.

Al final del día, la pregunta fundamental no es si las reglas se instrumentalizan o no, porque ellas siempre existen como instrumentos. La pregunta fundamental, que tenemos la posibilidad de responder de nuevo con la nueva constitución, es por parte de quiénes y para qué.

[1] https://radio.uchile.cl/wp-content/uploads/2021/06/voceriadelospueblos.pdf

[2] https://www.24horas.cl/politica/joaquin-lavin-migracion-voceria-del-pueblo-4818360

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