La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó al médico cirujano y oficial en retiro de sanidad de Carabineros, Bernardo Purto Yarcho y al teniente en retiro Pedro León Ramírez Hirane, a las penas de 3 años y 4 años de presidio respectivamente con el beneficio de la remisión condicional como responsables del delito de sustracción de menor de edad de Oscar Hernán Enrique Miranda Segovia, cometido a partir del día 17 de octubre de 1973 en la comuna de Melipilla.
En el aspecto civil, el fallo condena al Estado de Chile a pagar una indemnización de $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a los hermanos de la víctima.
La investigación de la magistrada estableció que:
1° Que el día 17 de octubre de 1973, en horas de la tarde, en la vía pública, en la comuna de Melipilla, se produjo un incidente entre Oscar Hernán Enrique Miranda Segovia, de 17 años y Bernardo Purto Yarcho, médico cirujano y Oficial de Sanidad de la 4° Comisaría de Carabineros de Melipilla.
2° Que, tras lo ocurrido, frente al inmueble de calle San Miguel N° 760 de la comuna de Melipilla, Bernardo Purto Yarcho, con el apoyo de un grupo de civiles, detuvo, sin derecho, a Oscar Miranda Segovia.
3° Que, acto seguido, Purto Yarcho trasladó al adolescente a la 4° Comisaría de Carabineros de Melipilla, lugar en que se le mantuvo encerrado de manera irregular.
4° Que, en la época de los hechos, la referida unidad policial se encontraba a cargo del Mayor Sergio Edilio Silva Aguirre, en calidad de Comisario; del Capitán Sergio Owen Hernán Brieba Hinrichsen, en calidad de Subcomisario y del Teniente Pedro León Ramírez Hirane.
5° Que, en lugar de ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad administrativa o judicial respectiva, se desconoce hasta la fecha el paradero de Oscar Miranda Segovia.
Fuente: Corte Suprema