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Vox populis vox dei. Por Carlos López Dawson

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Le Monde Diplomatique, edición chilena 20 de septiembre de 2022  

¿Cómo incide la opinión del pueblo en las relaciones internacionales? Es un hecho que los intercambios de todo tipo son crecientes en el mundo de hoy, con efectos en el desarrollo económico, social y político de cada uno de los Estados. Chile es de alguna manera pionero y ha visto su desarrollo económico íntimamente dependiente de los intercambios principalmente de comercio de materias primas, financiero y turístico. Los efectos positivos y necesarios que tal intercambio tiene para el país han alentado a continuar la celebración de acuerdos de comercio con la mayoría de los países del mundo. o interesarse en el Tratado de Comercio Transpacífico, conocido como TTP 11, sin dejar de lado los acuerdos bilaterales de comercio y los de complementación económica que ha celebrado o está tratando de llevar a cabo.

En todo caso, la falta de armonización legislativa respecto de materias que pueden tener incidencia en el comercio internacional, exista o no estándares internacionales, puede llegar a ser muy distintas según el país que se trate, afectando a los consumidores y a los trabajadores y, en consecuencia, el comercio intrarregional específico.

En los acuerdos de comercio internacional y particularmente en los procesos de integración y/o complementación económica, cabe preguntarse cómo los Estados pueden complementar o compatibilizar sus legislaciones y sus políticas sociales, incluyendo los derechos ciudadanos o humanos en general, y cómo lograr que la complementación de tales políticas y legislaciones constituyan ventajas en el intercambio para todos los participantes? En tales procesos se ha dejado en un lugar secundario, por diversas causas, la complementación que los Estados pueden realizar en materia de legislación y políticas sociales, derechos ciudadanos y del consumidor. La observancia de los derechos humanos, incluido el respeto a la democracia, ha sido acordada por Naciones Unidas, aunque sin relacionarlo directamente con los intercambios comerciales ni con los procesos de integración económica.

Por otra parte, debido a la complejidad del tema se han preferido los ámbitos de relaciones política, culturales, de seguridad ciudadana, por lo que no se ha incursionado con detenimiento, por ejemplo, en otros más relacionados con el bienestar como son los derechos laborales, previsionales y de seguridad social de los trabajadores, derechos ciudadanos, derechos del consumidor, entre otros. A lo sumo se han establecido protocolos de conciliación de difícil acceso para los propios actores económicos, particularmente cuando se trata de cuestiones relacionadas con legislación laboral, como se acordó en el MERCOSUR o en el NAFTA.

La emergencia del Estado

A diferencia de los acuerdos a que pueden llegar los actores políticos nacionales respecto de materias de ley donde interactúan representantes de la soberanía con un mandato específico, en los acuerdos de comercio o intercambio internacional y en particular tanto en los acuerdos de libre comercio como en los procesos de integración económica, por tratarse de fenómenos internacionales o supraestatales, el actor por excelencia es el gobierno nacional en representación del Estado. Entonces, la forma tradicional del Estado sufre una mutación para adquirir un nuevo perfil que se caracteriza por una institucionalidad diferente toda vez que, por ahora, las decisiones se toman sin la participación directa de los ciudadanos pero que al mismo tiempo involucran a ciudadanos de diferentes Estados, carácter que se acentúa en los acuerdos de comercio internacional.

En todas partes hay muchas dificultades para fiscalizar el poder y garantizar el respeto de los derechos de las personas, síntoma de una supuesta crisis de la justicia, pero que es en realidad una crisis cultural completa.

El intercambio internacional y los Derechos Humanos

Los derechos humanos forman una realidad interdependiente, inseparable e indivisible si los miramos desde la perspectiva de obligación o deber del Estado. La violación de uno de ellos implica o lleva consigo la de otros, cuando uno de ellos es afectado, el ser humano en su totalidad lo es también y por lo tanto lo es la sociedad toda.

Siendo la integración económica, en sus diversos grados, una puesta en común de políticas públicas de diferentes contenidos que pueden afectar de algún modo a los ciudadanos, los derechos humanos reconocidos en los ordenes jurídicos de los Estados que desean participar en procesos de integración requieren ser revisados, con el objeto de establecer los elementos comunes y las diferencias que existen entre estos de manera de garantizar el pleno respeto de los derechos y la eficacia de sus garantías judiciales.

El intercambio que se genera en un proceso de integración es, como se ha visto, amplio y cubre prácticamente todos los aspectos de la vida en comunidad. Por esta razón es que en las experiencias comparadas se ha visto un progresivo ingreso en normas comunitarias de derechos que no son los tradicionales de comercio externo, como los derechos a la seguridad social, a recibir educación, a protección de la familia, entre otros. El derecho internacional ha contemplado y desarrollado estos derechos bajo la clasificación de derechos sociales, culturales y económicos.

Lo social en la integración económica

La experiencia comparada, de la integración europea, por ejemplo, aconseja el desarrollo de diagnósticos más exactos y mejor estructurados, que permitan aproximarse de modo preciso a los distintos conjuntos y subconjuntos que conforman los problemas sociales, los conflictos laborales y la situación de los derechos humanos que pueden desarrollarse al amparo de un proceso de integración económica. De esta manera los requisitos de eficacia, eficiencia y validez de la acción del Estado, y en este caso de los Estados miembros y particularmente de la nueva comunidad internacional, serán cumplidos y, de este modo, la inversión resultará altamente productiva, económica y socialmente. La preocupación por estas materias adquiere carácter universal al incorporarse en las agendas de las Organizaciones Internacionales de Comercio y Trabajo.

Las tendencias de desarrollo involucradas en los acuerdos de integración económica como fuentes de cambios sociales y económicos repercuten en un mayor bienestar para la población, pero a su vez señalan las capacidades de ésta para asumirlas del modo más positivo.

Las expectativas de la integración

Uno de los problemas de la crisis del sector externo en América Latina es que la mayor parte de sus economías depende de unos pocos productos o de unos pocos mercados (o de ambos) para sus ingresos de exportación, lo cual las deja en situación de debilidad en casos de crisis. Esta situación se agrava debido al mal endémico de las exportaciones sin valor agregado, que causa estragos cuando se produce un fuerte descenso del precio internacional de los productos básicos. Casi todos los países han hecho esfuerzos considerables para diversificar sus exportaciones, tanto en términos de productos como de mercados de destino. En los casos en que hubo una mayor diversificación de productos no siempre hubo una diversificación de mercados, sino que las exportaciones tendieron a concentrarse: México en Estados Unidos y Uruguay en Argentina y Brasil. Según los informes de CEPAL sólo México ha logrado diversificar sus exportaciones con productos manufacturados de mayor base tecnológica. Chile, Colombia y Perú están concentrados en un pequeño número de productos básicos, pero con una amplia variedad de mercados de destino. Bolivia, Ecuador, Paraguay y Venezuela tienen pocos productos y mercados de destino. Es posible prever que, además de la diversificación de productos y mercados, los países de la región requieren ordenar sus sistemas internos de manera de estar capacitados para resistir las crisis.

Desde hace dos décadas los cuatro principales esquemas subregionales avanzaron en la aplicación de sus respectivos regímenes de libre comercio y aranceles externos comunes. El peso relativo del intercambio intrazonal se incrementó: la proporción representada por el comercio intrarregional dentro de su comercio total aumentó con respecto al intercambio con terceros países. Así sucedió en los países agrupados en el Mercosur y la Comunidad Andina. En cambio, en los del Mercado Común Centroamericano (MCCA) y de la Comunidad del Caribe (CARICOM), el segmento más dinámico fue el comercio con otros países.

En los estudios de la CEPAL se revela que existe una fuerte dispersión entre los países en cuanto a la necesidad de adaptar sus políticas de promoción de exportaciones. Por ejemplo, en algunas economías caribeñas y centroamericanas será necesario modificar significativamente estas políticas, tarea que ya comenzó. Por el contrario, en Chile los cambios deben ser menores, aunque tendrán un impacto considerable sobre las exportaciones de las empresas más pequeñas. En México ya opera un sistema de promoción de exportaciones eficaz y compatible con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Existe preocupación por las normas ambientales y laborales impuestas por los países industrializados, que pueden convertirse en importantes barreras al comercio internacional e imponer nuevas condiciones de acceso a esos mercados. Ambos problemas están estrechamente unidos y responden al nivel de desarrollo alcanzado en cada país y región. Sin embargo, cabe preguntarse ¿si es posible, conveniente y legítimo, que los Estados menos industrializados o de menor desarrollo mantengan sus estructuras arcaicas – ambientales y sociales – en lugar de establecer programas de acercamiento progresivo hacia estándares más modernos, sanos y justos? La respuesta está en la cooperación internacional y no en la imposición.

EL problema del TTP 11

Ahora bien, desde hace un tiempo ha surgido un actor internacional que propone un ambicioso proyecto de comercio internacional el TTP 11, negociado, así como otros tratados, sin consulta a la ciudadanía. Debido a que la voluntad soberana del pueblo puede verse afectada por decisiones de los gobiernos o de los órganos supranacionales, es preciso encontrar un mecanismo que permita la participación más amplia posible, dentro de términos realistas, de las más amplias capas de cada pueblo participante en los procesos de integración, de los partidos políticos, de las organizaciones sociales, de los gremios, de los sindicatos, de los pueblos originarios, de los académicos, de los grupos presión en general.

Es necesario establecer en la nueva constitución un mecanismo de representación democrática, que pueda servir tanto para representar las opiniones del pueblo como para asegurar un control sobre los actos o ejercicios del poder de las instituciones comunitarias surgidas de los procesos de comercio internacional. Ello sobre todo considerando la tendencia de superación de los Estados Nacionales y de la incorporación paulatina pero segura de los derechos humanos y de las políticas sociales en estos procesos. La crítica más potente contra este tratado es que puede afectar la soberanía y sus finanzas estatales, sin traer un verdadero beneficio. De ser aprobado, el tratado posibilitara a todos sus miembros convertirse en el tercer bloque comercial de mayor envergadura a nivel global, sin embargo, movimientos sociales, académicos y dirigentes políticos sostienen fundamentados argumentos para pedir que se rechace el Tratado Integral y progresista de asociación transpacífico o TPP-1.

Resumiendo algunas críticas: el tratado podrá negociarse periódicamente para garantizar la inversión extranjera, existe el riesgo de sufrir demandas de las trasnacionales o de otros Estados miembros si no se modifica la legislación interna, la soberanía económica queda sujeta a la opinión de los Estados partes o de empresas transnacionales, por el pago de patentes las farmacéuticas podrán iniciar litigios para impedir las autorizaciones de genéricos, la agricultura transgénica podrá imponerse con más facilidad en perjuicio de lo nacional y de la salud, de manera que existe un riesgo cierto sobre la soberanía alimentaria, industrial, y económica, y en definitiva sobre el ejercicio de los derechos de las personas, como por ejemplo el derecho a decidir sobre el contenido de una constitución. Entonces, el conocido dicho vox populis vox dei cambiara de sentido, sin empanadas ni chicha para celebrar un nuevo 18.

Carlos López Dawson
Abogado, Dr. en ciencia Política y ( c) en Derecho. Profesor de derecho constitucional. Ex presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, director nacional de Postgrado e Investigación de Universidad la República.

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