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Pensiones en Chile: Reproducción de la inequidad social

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Mariana Zegers | Diario U. de Chile.

Más que evidente resulta a estas alturas el descontento de la ciudadanía por el modelo previsional impuesto en dictadura bajo el Decreto Ley 3.500, en 1980. El informe final de la Comisión Bravo demostró que la percepción respecto del actual sistema de pensiones es predominantemente negativa: el 72% de los encuestados considera que solamente un cambio radical en el sistema ayudaría a mejorar las pensiones (Informe INDH 2016).

Tenemos en Chile un modelo de pensiones basado en el individualismo: un sistema de capitalización individual y obligatorio administrado por instituciones financieras con fines de lucro. Año a año algunos medios anuncian las millonarias ganancias de estas empresas prestadoras de servicios previsionales, indignando aún más a aquellos incansables trabajadores chilenos que hoy reciben una jubilación miserable. Según estadísticas de Fundación Sol un 94% de las mujeres jubiladas en la modalidad de retiro programado[1] recibe una pensión menor a $154.304.  Para los hombres jubilados esta cifra es de un 87,5%. Igualmente, la edad efectiva de jubilación promedia los 67 años para las mujeres y 68,4 años para los hombres, lo que equivale a 7 y 3,4 años sobre la edad legal de retiro.

La prometida tasa del reemplazo del 70% hoy es cercana al 30%. El futuro resulta poco  promisorio: las proyecciones de la Comisión Bravo plantean que en 10 años más del 50% de las pensiones pagadas a quienes coticen entre 25 y 33 años tendrán tasas de reemplazo cercanas al 20%.

No podemos jactarnos de tener un modelo ejemplar. Buena parte de los países del mundo se han inclinado por modelos mixtos, que combinan la repartición con formas de contribución individual. Un sistema basado en el ahorro individual en un país con nuestro nivel de desigualdad solo contribuye a reproducir la inequidad y aumentar la brecha social.

La Coordinadora Nacional de Trabajadores NO MÁS AFP, que movilizó este año que se fue cientos de miles de personas a las calles a protestar en contra de las AFP,  se instala en la discusión no sólo con críticas, sino también con propuestas. Se trata de un sistema de reparto solidario con financiamiento tripartito: el Estado, los trabajadores y las empresas. Su administración estaría a cargo de una institución de derecho público de Seguridad y Previsión Social sin fines de lucro, independiente de otras instituciones estatales y los gobiernos de turno, con individualidad jurídica, financiera y contable (fuente Coordinadora No + AFP).

¿Qué es un sistema de reparto? Son sistemas de previsión social basados en la solidaridad intergeneracional,  según explica la misma Coordinadora; vale decir, las cotizaciones de los activos se destinan a pagar las pensiones de quienes se han jubilado (pasivos).

La implementación de este sistema comprende un aumento paulatino del gasto público de modo que a fines de este siglo bordee el 9% del PIB.

Se propone también crear un fondo de reserva técnica, con el superávit de los ingresos respecto de los gastos, un subsidio solidario para las mujeres, reajuste de las pensiones para trabajadores ya pensionados y pensión universal equivalente al sueldo mínimo, entre otras medidas. También se comprenden medidas transitorias para evitar impactos negativos, principalmente consistentes en la implementación gradual del sistema.

El modelo de pensiones vigentes no se ajusta a los estándares internacionales de derechos humanos. Chile ha suscrito la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos de las Personas Mayores.  De igual modo, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos instan al respeto por la dignidad de toda persona; derecho que, a lo menos, queda en jaque en nuestro actual régimen de previsión social.

Nuestro sistema previsional vulnera el derecho a la seguridad social, consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en la Declaración de Filadelfia de 1994, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la que se solicitó “extender las medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesitan” (Informe Derechos Humanos 2015 UDP).

Tal como quedó  señalado hace más  de un año en el Informe de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, es imprescindible cambiar el actual sistema de pensiones fundado en la capitalización individual y avanzar hacia un sistema de carácter solidario, elemento esencial de la seguridad social y de la construcción de humanidad. Nuestro actual modelo previsional, y suena exagerado pero lamentablemente es cierto, es una fábrica de pobreza para nuestros sabios viejos: vejez en Chile es sinónimo de empobrecimiento (Informe Derechos Humanos 2015 UDP).

 

[1] La Superintendencia de pensiones define el retiro programado como la jubilación que paga la AFP en la que el monto que se calcula y actualiza cada año en base a índices como la rentabilidad del fondo, la expectativa de vida del afiliado y el saldo de la cuenta. Lo anterior implica que el monto de la pensión varía cada año y disminuye con el tiempo.

 

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