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Colombia – El Gobierno de Petro y los límites del Progresismo. (Segunda parte) por Daniel Libreros Caicedo

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Imagen:  De izq. a der.: Yamandú Orsi, Lula, Gabriel Boric, Pedro Sánchez y Gustavo Petro. Encuentro del progresismo, Santiago de Chile, 21-7-2025.

 
  1. La suma de los défcits gemelos llegó a -7.4% del Pib a finales del 2025. Uno de los más altos en la historia económica del país. Periódico El Tiempo. 
  2. Portal Zona cero, “Charting a Course Towards Universal Social Protection: Resilience, Equity, and Opportunity for All« 
  3. Caracol radio, “En dirección correcta FMI sobre reforma tributaria de Colombia”. 
  4. La regla fiscal es una exigencia de las IFIS, normatizada internamente mediante la ley 2155 del 2021, en la que se exige que la deuda neta del gobierno central no puede superar el 55% del PIB 
  5. El Colombiano, “El retroceso del cuarto trimestre (2025) llevóla tasa de inversión a su nivel más bajo como proporción del PIB en 20 años: 16%…” 
  6. Petro aprovechó informe de utilidades del Grupo Aval para insistir en que gracias a él los ricos en Colombia son más ricos: “Pero nos insultan”. INFOBAE 
  7. Banco Mundial, “Envejecimiento sin crisis” 
  8. En medio del debate de la Reforma Pensional que se lleva a cabo en el Congreso de la República, se agregó un artículo al proyecto de ley que les permitirá a los fondos de pensiones tener comisiones adicionales cercanas a los $3 billones. Esto, pues el Senado de la República aprobó una propuesta con la que los fondos de pensiones privados pueden cobrar hasta un 0,7 % adicional por honorarios de administración…” “Grave alerta: Reforma pensional le daría a los fondos privados $3 billones en comisiones; los afectados serían los ahorradores” 
  9. Reforma pensional reduciría la incidencia de pobreza extrema en un 85%: MinHacienda”,. El artículo que oficializa este Fondo y que circula para aprobación final establece: Los ingresos por cotización a pensión que reciba el Componente de Prima Media del Pilar Contributivo, que correspondan a la diferencia entre el total de estos ingresos y los siguientes valores: a) 1,8% del PIB para las vigencias 2025-2028.. b) 1,6% del PIB para las vigencias 2029-2035. c),4% del PIB para las vigencias 2036-2040.d) 1,2% del PIB para las vigencias 2041-2050.e),0% del PIB a partir de la vigencia del 2051. 

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