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Argentina: el indulto a milagro es una posibilidad, cualquier cuestionamiento es necedad o complicidad

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PIA Periodismo Internacional Alternativo 12 de enero de 2023

Por Fernando Esteche*
“La necesidad de la libertad de Milagro es una cuestión fuera de discusión en el campo nacional y popular”.

No hables a oídos del necio, porque despreciará la sabiduría de tus palabras. Prov. 23.9

No respondas al necio de acuerdo con su necedad, para que no seas tú también como él. Prov. 26.4

Si hay una sola razón por la que tengamos que discutir la procedencia de un indulto en el caso de nuestra compañera Milagro Sala, es porque el presidente de la Nación se la pasa sosteniendo que no lo es. Por eso planteamos que es procedente; de no ser así, esta discusión no debería darse por lo evidente.

Hay defectos que marcan el carácter. Sobre el presidente de la Nación hay que señalar que la necedad no es coherencia, ni la cobardía es discreción, tampoco el cinismo es inteligencia. La historia, impiadosa, llega tarde o temprano con su juicio contundente.

En nuestro país, en el extremo norte está prisionera la compañera Milagro Sala víctima de la persecución escandalosa del gobernador Morales que incluye la incorporación de jueces al Tribunal Superior para garantizar procedimientos y fallos fabulosos. Siete años lleva esta ominosa situación y nada han hecho el gobierno nacional ni el congreso para subsanarla. El propio carcelero se ufana de sus “logros” ante cada procesamiento y/o condena que recae sobre Milagro Sala, evidenciando el carácter persecutorio de dichas situaciones que celebra sin sonrojarse.

Ahora bien, entre las innumerables razones que ameritan la aplicación de un indulto, la fundamental es la naturaleza política y persecutoria de la prisionización de Milagro que requiere respuestas políticas.

Quienes se empeñan en discutir el estatuto del indulto desde especificaciones jurisdiccionales, no están entendiendo el carácter eminentemente político de dicho estatuto, a pesar incluso de ser versados abogados. ¡El indulto no tiene naturaleza jurídica, de lo contrario sería cuestión de jueces… justamente, no lo es!

En el caso de Milagro hay razones específicas que ameritan sobradamente el planteamiento. En la crítica a su detención intervinieron la Corte Interamericana de Derechos Humanos, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura de la ONU y el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias. Se trata de dos instancias del sistema interamericano y dos más del sistema internacional global que evidencian la potencialidad de construir una responsabilidad del Estado nacional sobre la situación. Esto no solo amerita, sino que impone la intervención del Ejecutivo, más allá de subjurisdicciones, por la gravedad institucional que reviste el caso y que expone a nuestro país a eventuales sanciones.

Arte, Cristina Angelini, El Avión Negro

Razones jurisprudenciales hay sobradas.

La Resolución 23/2017, medida cautelar No. 25/16 Milagro Amalia Ángela Sala respecto de Argentina del 27 de julio de 2017 (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) expresa: “la Comisión ha constatado como especificidades del presente asunto que lo distinguen respecto de otros, que ha conocido que la situación presentada involucra la detención de una prominente líder social, mujer e indígena, que estaría enfrentada con el gobierno actual de la provincia, y que sería identificada con parte representativa de un sector de oposición. Asimismo, según la información recibida, la detención de la señora Sala habría afectado el escenario político provincial del país, siendo objeto de tratamiento y debate en diversos medios de comunicación nacional e internacionales. Durante su visita a Argentina, la CIDH escuchó innumerables reclamos de organizaciones de la sociedad civil sobre la detención preventiva de Milagro Sala, e incluso tomó conocimiento de diversas movilizaciones. Además, su prisión preventiva se ha extendido por más de un año y medio (al día de hoy, siete años de prisión), sin recibir sentencia condenatoria firme por las imputaciones penales y el asunto ha merecido pronunciamiento expreso del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, en el sentido de que debe ser puesta en libertad.

El presidente desconoce que la convencionalidad internacional tiene rango constitucional, por lo cual es una burrada sostener que “la Constitución no permite”, cuando justamente las convenciones lo reclaman.

(…) “la institución del indulto en el sistema constitucional argentino no puede considerarse como la sacralización de una reliquia histórica, propia de las monarquías, sin otro fundamento que la clemencia, sino un instrumento de la ley, en correspondencia con la norma de fines de la organización jurídico–política y en particular con la justicia, la paz interior y el bienestar general. En otros términos, no consiste en un acto de gracia privado, sino en una potestad de carácter público, instituida por la Constitución Nacional, que expresa una determinación de la autoridad final en beneficio de la comunidad.”. Fundamento de la acordada de la Corte Suprema sobre el indulto en el caso Graciela Daleo.

El párrafo anterior es para aquellos que con su pátina progresista y a pesar de sus estudios administrativos del derecho no comprenden derecho constitucional ni la naturaleza de este instituto y lo definen como “rémoras regias”. A veces es mejor no hablar porque —aunque el silencio pueda no alimentar el ego de opinadores— aporta claridad siempre que no inunda de ruidos inexactos el espacio.

Por si hiciera falta mayor jurisprudencia, aportamos el caso Vecchi del 2002 indultado por Duhalde con la firma del constitucionalista Vanossi.

Pesaba sobre Alejandro Vecchi una condena por un delito alejado de la jurisdicción federal, y por la trascendencia pública de la persecución judicial sufrida por Vecchi en su intervención como abogado de la familia de José Luis Cabezas, Duhalde sostuvo que tomaba la decisión “evaluando no solamente los aspectos técnicos sino el superior objetivo de contribuir a la paz social y a la reconciliación de los argentinos con sus Instituciones”.

En el caso de Milagro Sala, además, la intervención de la Corte Suprema, máximo órgano federal del Poder Judicial, en examen de un recurso previsto por la ley 48 que habilita la jurisdicción a conflictos que involucran debates de naturaleza federal, sumado a las intervenciones anteriores de la CIDH y organismos internacionales que intercedieron frente a la inocultable persecución política y judicial, habilitan el INDULTO de manera incuestionable, considerando además la gravedad institucional de los conflictos.

El debate sobre la pertinencia del indulto sobre Milagro Sala expone la pusilanimidad de quienes han defeccionado de sus responsabilidades institucionales. Argentina está siendo gobernada por cuatro bandidos encaramados en la Corte Suprema que habilitan o impugnan leyes, y que toman decisiones extrajudiciales de neto contenido político y no judicial. Anulan leyes (coparticipación, caso CABA) y operan con el lawfare la sobredeterminación de la política.

No se puede convivir con semejante sistema de Estado paralelo por temor a encontrarse en un conflicto de poderes; eso es no entender que estamos en medio de un conflicto de poderes en el que los cortesanos condicionan e impugnan cualquier producción del Congreso o del Ejecutivo.

La necesidad de la libertad de Milagro es una cuestión fuera de discusión en el campo nacional y popular.

A Milagro la metió presa Morales. Que continúe presa o no es una decisión de Alberto Fernández. No abrigamos esperanzas porque es un hombre que suele estar más pendiente de las tapas de Clarín que del clamor de sus electores.

Fernando Esteche* es doctor en Comunicación Social por la Universidad Nacional de La Plata, profesor titular de Relaciones Internacionales en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social, UNLP, y profesor de Historia Contemporánea de América Latina en la misma facultad.

Este artículo fue publicado en https://avionnegro.com.ar/

Foto de portada: Manifestaciones de solidaridad por Milagro Sala/Internet

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