PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
02 DICIEMBRE 2020
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«..No me ves pero ahí voy a buscar tu prisión de llaves que solo cierran, no me ves pero ahí voy a encontrar tu prisión..»
Bersuit Vergarabat
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1.- Nos han visitado varios trabajadores para pedir orientaciones respecto a su situación contractual, a todos les dijimos que responderiamos por esta via:
a) No hay cambios en la legislación respecto de las vacaciones, por lo tanto la orientación seguirá siendo la misma. El trabajador, con 30 días de anticipación puede solicitar a su empleador las vacaciones, en carta con copia de manera que la empresa firme recibido. Si la empresa se negara a recibir la carta, debe pedir a la inspección que se la entregue. Se recomienda al trabajador revisar el reglamento interno de la empresa, pues podría haber en éste algún artículo que regule las vacaciones.
b) No existen cambios respecto a los criterios del contrato de plazo fijo. Si este venció y no fue renovado y el trabajador sigue prestando servicios se transforma en contrato indefinido. Debe negarse a firmar una renovación del contrato si esta le es presentada 2 o 3 semanas después. ¿Lo pueden despedir si no acepta? Si, pero deberán avisarle con 30 días de anticipación, o pagarle sus remuneraciones por ese tiempo. También debe reclame vacaciones proporcionales.
c) Está plenamente vigente la norma legal que dice que si usted debe utilizar uniforme de trabajo, el tiempo que ocupa en cambiarse se considera trabajado, tanto al ingreso como a la salida. No debe llegar a trabajar con anticipación a la hora de inicio de la jornada, el derecho se inicia al comienzo de la jornada diaria, también antes de culminar la misma. La norma habla de 15 minutos, tanto al inicio como al final de la jornada. Llamamos a estar alertas en este punto, pues hay un cuerpo de reformas presentado por Piñera en abril de 2017, que termina con este derecho.
2.- Tuvimos la visita de un dirigente sindical a quien le cambiaron sus funciones al retornar a su trabajo.
Al respecto nos indican los abogados de la Defensoria Popular de las y los Trabajadores, que la anomalía debe ser denunciada a la Inspección del trabajo, la que deberá fiscalizar y ordenar corregir el cambio de funciones. Si en la Inspección no tiene buenos resultados se puede demandar. Es muy importante que se haya solicitado fiscalización y no se haya realizado una mera constancia. No lo olvide, se pone reclamo no constancia para que haya fiscalización.
3.- Ya lo saben, pueden y deben buscar respuestas a todas sus dudas. Nuestra obligación es darle la guía, apoyarle y poner a su disposición asesoría legal si se requiere.No dejen de contactarnos al wasap+56 9 84495318 o escribirnos al correo cgt.chile@gmail.com Estamos atendiendo presencialmente en nuestra sede de Dieciocho 45, piso 5 A, de 10.00 a 13.00 y de 15.00 a 18.00 horas.
Los trabajadores tienen derechos, solo deben conocerlos y aprender a defenderlos.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
MANUEL AHUMADA LILLO
Secretario C.G.T. CHILE