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El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama determinó que la empresa estatal incurrió en prácticas antisindicales al ordenar la vigilancia y monitoreo de un dirigente, imponiendo una multa de 300 UTM y una indemnización por daño moral.
La División Chuquicamata de Codelco fue condenada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama por vulnerar derechos sindicales a través de prácticas de seguimiento y monitoreo en contra de un dirigente sindical. La empresa deberá cesar estas acciones, publicar disculpas en un medio local y pagar una indemnización de $20 millones por daño moral, además de una multa de 300 UTM.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama acogió la denuncia presentada por Miguel Vélez Fernández contra la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco), División Chuquicamata, por prácticas antisindicales consistentes en el seguimiento y vigilancia de dirigentes del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Chuquicamata. Según el fallo (causa rol 8-2023), estas acciones fueron ordenadas tras una reunión entre dirigentes y un alto cargo de la empresa.
La investigación determinó que el monitoreo fue realizado por la empresa contratista de seguridad ISS, bajo instrucciones de un representante de Codelco, extendiéndose incluso al domicilio particular del denunciante.
El tribunal estableció que estas acciones constituyeron una intervención ilegítima en la labor sindical, generando un clima de intimidación y afectando el derecho a la libertad sindical.
En su resolución, el juez Juan Pablo Flores Menéndez condenó a la empresa al pago de una multa de 300 UTM y a indemnizar al dirigente con $20 millones por daño moral. Además, se ordenó el cese inmediato de cualquier labor de vigilancia sobre los dirigentes sindicales y la publicación de disculpas públicas en un diario de circulación comunal en un plazo máximo de cinco días desde la ejecución del fallo.