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Entrevista a Sergio Grez: «El nuevo proceso constituyente es la expresión descarnada del ethos del Acuerdo del 15 de noviembre de 2019»

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EL PORTEÑO
por Malte Seiwerth

MS: El primer proceso constituyente fracasó. Gran parte de los sectores de izquierda confiaron en que mediante esa vía se podrían iniciar las transformaciones requeridas por los movimientos sociales. ¿Fueron muy ingenuos? En 2019 se decía que Chile sería la tumba del neoliberalismo. ¿Fue muy ingenua la frase?

SG: El quorum de 2/3 impuesto por el Congreso Nacional determinó el funcionamiento de la Convención Nacional impidiendo la aprobación de una gran cantidad de normas constitucionales que, si bien contaban con el apoyo de la mayoría absoluta de los convencionales, no alcanzaban ese elevadísimo porcentaje, concebido por los líderes políticos firmantes del “Acuerdo por la Paz Social y la nueva Constitución” del 15 de noviembre de 2019, como una barrera destinada a impedir la aprobación de disposiciones que significaran una amenaza para el modelo y el statu quo.

Desde el momento en que la Convención Constitucional, supuesta expresión del poder constituyente originario, se sometió mansamente a esta imposición de uno de los poderes constituidos (el Parlamento) y, peor aún, la ratificó en septiembre de 2021 gracias a la hegemonía de la alianza del Frente Amplio con el Partido Socialista y el apoyo de la derecha y de colectivos que representaban a distintas corrientes de la ex Concertación de Partidos por la Democracia, la suerte estaba echada.

Nada ni nadie estaba en condiciones de impedir que el resultado de estas maniobras y cortapisas fuese, precisamente, el que conocemos: una propuesta de nueva Constitución pletórica de derechos proclamados, pero no asegurados, entre otras razones, porque la misma Convención se negó a asegurar su financiamiento a través del establecimiento de normas que facilitaran la nacionalización de recursos estratégicos como el cobre y el litio. De allí al rechazo masivo de la ciudadanía (motivado por un complejo entramado de motivos que hemos analizado en otras ocasiones)1 había solo un paso, que se produjo en el plebiscito del 4 de septiembre del año pasado.

Respondiendo derechamente a tu pregunta, se puede afirmar que, efectivamente, hubo una gran ingenuidad por parte de quienes creyeron que, por esa vía regulada y controlada por la casta política parlamentaria, sin desarrollo de intensas movilizaciones sociales y sin rebeldía de parte de los convencionales que pretendían encarnar aquellos sueños, se podrían iniciar las transformaciones requeridas por los movimientos sociales.

Todo ello, sin considerar la mayor de las ingenuidades: creer -como advertía Ferdinad Lasalle a mediados del siglo XIX- que la realidad social se cambia con la firma o la promulgación de un texto, “dejando intactas las fuerzas reales que mandan en un país”. Porque esto, que es decisivo, no era percibido por quienes confundían la realidad con sus ilusiones; ninguna de las disposiciones del proyecto de nueva Constitución propuestas por la Convención Constitucional lesionaba seriamente el poder del gran capital nacional e internacional que domina la economía chilena, ni tampoco introducía cambios significativos en los cuerpos armados estatales y en instituciones claves como el Parlamento, la Contraloría General de la República y el Tribunal Constitucional.

La dura realidad se develó bruscamente el 4 de septiembre: el sistema tenía aún muchos recursos para seguir reproduciéndose, especialmente la habilidad y astucia de su personal político puesto al servicio de la clase dominante.

MS: En una entrevista anterior usted afirmó que los representantes de movimientos sociales no lograron conectarse con la gente y representar sus demandas. ¿Por qué ocurrió esto?

SG: Entre otras razones, porque los convencionales “progresistas” quedaron atrapados por las normas y procedimientos de la Convención Constitucional, debilitándose o cortándose casi por completo el vínculo activo que podían haber tenido con los movimientos sociales que habían hecho posible su elección. La Convención se “parlamentarizó”, funcionó de acuerdo con las lógicas y prácticas parlamentarias, resolviéndose la mayoría de las diferencias mediante acuerdos entre distintos colectivos, sin la menor consulta o interacción con los movimientos sociales de los cuales provenían algunos convencionales.

Por otra parte, los movimientos sociales, en un contexto de reflujo agudizado por la pandemia de Covid-19 y, en buena medida, víctimas de sus propias ilusiones constitucionales, tampoco ejercieron un rol efectivo de vigilancia y presión democrática sobre la Convención Constitucional. Esta no fue “rodeada” como anunciaron algunos, ni siquiera con propuestas y debates ciudadanos.

MS: Pero sí hubo formas de participación popular en el proceso constituyente

SG Las proposiciones de normas constitucionales emanadas desde la ciudadanía se efectuaron, prácticamente en su totalidad, vía telemática y los convencionales decidieron, a puertas cerradas, qué escoger y qué desechar, sin realización de plebiscitos intermedios o dirimentes. Este fue un escenario ideal para todo tipo de acuerdos a espaldas de la ciudadanía, siendo los más nocivos e impresentables aquellos que permitieron la continuidad de los poderes constituidos hasta 2026, cualquiera fuese el resultado del plebiscito del 4 de septiembre de 2022, lo que explica que el desprestigiado Congreso Nacional haya conservado el monopolio del poder constituyente.

MS: ¿Qué opina del nuevo proceso constituyente acordado en diciembre de 2022?

SG: El “nuevo proceso constituyente” es la expresión descarnada del ethos del Acuerdo del 15 de noviembre de 2019, acentuado por el resultado del plebiscito del 4 de septiembre de 2022, cuyo contenido esencial consiste en impedir el ejercicio del poder constituyente por parte de su legítimo titular: la ciudadanía.

La casta política parlamentaria, apoyada por el gobierno de Gabriel Boric, ideó un sofisticado mecanismo que le permitirá tener el control absoluto del proceso, pues según el “Acuerdo por Chile” firmado por casi todos los partidos políticos con representación parlamentaria el 12 de diciembre de 2022 -desde la Unión Democrática Independiente (UDI), hasta el Partido Comunista, pasando por otras fuerzas de la derecha clásica, de la antigua Concertación de Partidos por la Democracia y el Frente Amplio- no será el organismo elegido por la ciudadanía (Consejo Constitucional) el que redactará la nueva Constitución, sino una “comisión de expertos” designada por el Congreso Nacional, limitándose el Consejo Constitucional a aceptar o rechazar el texto propuesto por los expertos.

Como si fuera poco, para asegurar la “estabilidad sistémica”, la “gobernabilidad” y la perpetuación del modelo económico y social, los parlamentarios determinaron que se agregará un “Comité técnico de admisibilidad”, designado también por el Parlamento, cuya misión consistirá en revisar las normas que se presenten en la Comisión de expertos o que se discutan en el Consejo Constitucional, a fin de decidir si son o no admisibles.

Más aún, el “Acuerdo por Chile”, ratificado por el Parlamento, incluye las “bases constitucionales fundamentales”, esto es, grandes principios o normas que deben incluirse en la nueva Constitución y que no pueden ser alteradas por la Comisión de expertos ni por el Consejo Constitucional. Estas y otras disposiciones, como un complejo y maquiavélico entramado de quorum destinados a impedir cualquier veleidad transformadora y un reducido plazo de seis meses para redactar el nuevo texto constitucional, son otros tantos seguros y “candados” antidemocráticos impuestos por la casta política parlamentaria.

Con justificada razón, un viejo y prestigioso militante del Partido Comunista, el arquitecto Miguel Lawner, bautizó este acuerdo como el “Acuerdo de la infamia”, mote que se ha popularizado. Con posterioridad a estos hechos, en enero de 2023, la Comisión Chilena de Derechos Humanos dirigió una carta, apoyada por miles de personas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, denunciando dicho acuerdo como “una grave situación de vulneración de los Derechos Humanos en Chile”, especialmente respecto de algunos artículos del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, “que afecta seriamente el derecho de libre determinación y coarta gravemente el derecho que tienen todas las personas en nuestro país de participar en la dirección de los asuntos públicos y a tener acceso a la función pública”, subrayando que “desde la perspectiva de los Derechos Humanos, no resulta compatible con el derecho de libre determinación del pueblo chileno el que 24 personas no elegidas por voto popular redacten un borrador de proyecto constitucional que deberá ser el marco obligatorio de trabajo para el Consejo Constitucional, y que otro organismo designado habilite, fiscalice y decida la admisibilidad de las propuestas declarando su compatibilidad o no respecto del marco constitucional predeterminado por el borrador y las bases institucionales”.

En función de estos y otras consideraciones, la Comisión Chilena de Derechos Humanos solicitó, al Alto Comisionado, remitir esta denuncia al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para que la tramite como denuncia o comunicación individual.

En síntesis -en plena sintonía con estas y otras críticas expresadas por una gran cantidad de actores sociales y políticos-, estimo que este “nuevo proceso constituyente” no es sino una maniobra de la casta política destinada a asegurar la gobernabilidad neoliberal, remozando de manera esencialmente ornamental el sistema de democracia protegida, tutelada y de baja intensidad existente en Chile desde 1990. Aunque los resultados precisos de este ominoso “nuevo proceso constituyente” son impredecibles, es posible prever que no podrán impedir nuevas tempestades sociales en los próximos años.

MS: ¿Hay formas de incidir en este nuevo proceso constituyente?

No. No las hay para las personas “de a pie” ni para los movimientos sociales. El diseño descrito de manera sucinta lo impide por completo, más aún en un contexto de desmovilización social, frustraciones, crisis económica y carencia de conducción y alternativas políticas en el campo popular.

Solo una nueva rebelión popular, no obstante con dirección y alternativa política, podría generar un proceso constituyente auténticamente democrático, sin embargo, por ahora no existen esas condiciones. Los movimientos sociales no deberían emplear sus menguadas fuerzas y recursos en un proceso absolutamente controlado por las elites económicas y políticas; lo esencial hoy es desarrollar luchas por las reivindicaciones más sentidas por el grueso de la población (especialmente económicas y sociales), e ir afinando plataformas y acuerdos que permitan en una perspectiva de mediana y larga duración la convergencia y articulación de distintos movimientos.

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