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Chile – Condenan a 106 agentes de la DINA por 16 víctimas de la “Operación Colombo”.

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[resumen.cl] El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas de Derechos Humanos, Hernán Crisosto Greisse, condenó a 106 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los secuestros calificados de Francisco Aedo Carrasco,   Juan Andrónicos Antequera, Jorge Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Eduardo Calderón Tapia,  Cecilia Castro Salvadores,  Juan Carlos Rodríguez Araya, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fiorasso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete,  Jilberto Urbina Chamorro e  Ida Vera Almarza, víctimas de las maniobra de desinformación en el exterior conocida como “Operación Colombo”

El magistrado condenó a los ex oficiales de ejército: César Raúl Manríquez Bravo,  Pedro Octavio Espinoza Bravo,  Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autores de los secuestros calificados de las 16 víctimas.

En tanto, a 13 años de presidio fueron sentenciados por su responsabilidad como autores los ex oficiales: Gerardo Ernesto Urrich González, Sergio Hernán Castillo González, Francisco Maximiliano Ferrer Lima,  Fernando Eduardo Lauriani Maturana y Manuel Andrés Carevic Cubillos, del ejército, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torre Sáez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, de carabineros, José Orlando Gonzalo Manzo Durán, de gendarmería,  y los agentes: Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Hermon Helec Alfaro  Mundaca,  Nelson Alberto Paz Bustamante,  José Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Gerardo Meza Acuña, Manuel Heriberto Avendaño González, José Nelson Fuentealba Saldías, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Daniel Alberto Galaz  Orellana, Leoncio Enrique Velásquez Guala, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Hiro Alvarez Vega, Gustavo Galvarino Caruman Soto,  Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Ángel Urbina Cáceres, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo,  Guido Arnoldo Jara Brevis, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Enrique Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara y Olegario Enrique  González Moreno, todos con la misma condena de 13 años de presidio.
Los agentes: Werner Enrique Zanghellini Martínez y  Héctor Alfredo Flores Vergara deberán purgar la sentencia de 10 años y un día de presidio como autores. Los agentes: Heriberto del Carmen Acevedo y  Jaime Alfonso Fernández Garrido fueron condenados a 6 años de presidio por su responsabilidad como autores. En tanto, el agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia fue sancionado con 541 días de presidio por su responsabilidad como autor.

En calidad de cómplices fueron condenados con la pena de 5 años y un día de presidio los agentes: José Jaime Mora Diocares, Armando  Segundo Cofre  Correa, Moisés Paulino Campos Figueroa, Oscar Belarmino La Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardia Monje, José Stalin Muñoz Leal, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Camilo Torres Negrier, Manuel Antonio Montre Méndez,  Sergio Hernán Castro Andrade, Nelson Eduardo Iturriaga Cortes,  Carlos Justo Bermúdez Méndez, Fernando Adrián Roa Montaña, Reinaldo Alfonso Concha Orellana,  Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Gustavo Humberto Apablaza Meneses,  Hugo Hernán Clavería Leiva,  Juan Carlos Escobar Valenzuela,  Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Juan Ignacio  Suárez Delgado,  Raúl  Alberto Soto Pérez,  José Dorohi Hormazábal Rodríguez,  Rufino Espinoza Espinoza,  Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Segundo Madariaga Acevedo y Miguel  Ángel Yáñez Ugalde.

También en calidad de cómplices por el mismo grado de participación fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, los agentes: Jorge Luis Venegas  Silva, Edinson Antonio Fernández Sanhueza y Pedro Mora Villanueva.

Un total de 13 agentes fueron absueltos de la acusación  en su contra.
En conformidad a los dispuesto en el  artículos 692 del Código de Procedimiento Penal, respecto de  Jorge  Laureano Sagardía  Monje, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza  y  Víctor Manuel De la Cruz San Martín Jiménez,  se suspendió el cumplimiento de la pena, en una muestra más de lo que es “la impunidad biológica”, debiendo en su oportunidad ser entregados en custodia a un familiar que deberá  proponer su defensa.

Los hechos

De acuerdo a la investigación del ministro Hernán Crisosto las 16 víctimas -militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) y del Partido Socialista- fueron detenidos por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) entre el 17 de junio de 1974 y el 6 de enero de 1975 en distintas comunas de la región Metropolitana como Santiago, Providencia, La Reina y Ñuñoa y llevados a los centros de detención de Londres 38, José Domingo Cañas, Tres y Cuatro Álamos y Villa Grimaldi, últimos lugares en los que se les vio con vida.

Sus nombres aparecieron en dos listados publicados el 25 de junio de 1975 en la revista Novo O’Dia de Curitiba, Brasil, y el 15 de julio de 1975 en la revista Lea de Buenos Aires, Argentina, que registraron ediciones únicas en maniobras de desinformación ejecutadas en el exterior por la DINA.

El episodio Francisco Aedo y otros es el último de los procesos de la serie de causas de víctimas de la denominada “Operación Colombo”, que instruyó el ministro Hernán Crisosto, y en el que se dicta sentencia de primera instancia.

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