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Chile – Suprema ordena al Ministerio del Interior pagar cotizaciones a trabajador despedido

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NOTICIA: La Corte Suprema condenó al Ministerio del Interior a pagar más de 24 millones de pesos, a título de indemnización por años de servicio, aumentada en un 50% que equivale a $12.453.210, entre otras sanciones.

[Santiago, 23 de diciembre 2016] La Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y condenó al Ministerio del Interior a pagar las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas a trabajador que fue despido injustificadamente, tras haber trabajado en la repartición pública por más de 14 años.

En fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich, Manuel Antonio Valderrama y los abogados Leonor Etcheberry y Rodrigo Correa– acogió la demanda interpuesta por Marcelo Pablo Agustín Martínez Jubany.

“Que, en el caso de autos, se constató la infracción del artículo 162 del Código del Trabajo, acusada por el demandante. Al respecto, cabe señalar que con la modificación introducida por la Ley N° 19.631, de 1999, al artículo 162 del Código del Trabajo, se impuso al empleador una obligación adicional, esto es, que para proceder al despido de un trabajador deben encontrarse íntegramente pagadas sus cotizaciones previsionales, de lo contrario dicho despido carece de efectos, es nulo”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Conforme a lo razonado en las consideraciones de la sentencia de la instancia que se reproducen, el empleador no dio cumplimiento a la obligación establecida en el inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo, de modo que corresponde aplicarle la sanción que la misma contempla, esto es, el pago de las remuneraciones y demás prestaciones del trabajador que se devenguen desde la fecha del despido hasta la de su convalidación, mediante el entero de las cotizaciones adeudadas. Que las reflexiones anteriores conducen a acoger, además de la acción por despido injustificado, la de nulidad del despido contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo”.

Por lo tanto, concluye: “Se acoge la demanda interpuesta por don Marcelo Pablo Agustín Martínez Jubany en contra del Fisco de Chile, y, en consecuencia, se declara que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 1 de enero de 2001 y el 30 de junio de 2015; asimismo, que el despido de que fue objeto el actor el día 30 de junio de 2015 fue injustificado, condenándose al demandado a pagar al actor:

a) la suma de $2.264.220, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo;

b) la cantidad de $24.906.420, a título de indemnización por años de servicio, aumentada en un 50% que equivale a $12.453.210;

c) la suma de $1.776.138, por concepto de feriado legal, y la de $888.069, por feriado proporcional”.

Además, el demandado deberá enterar las cotizaciones previsionales en AFP Cuprum S.A., de salud en la isapre Colmena Golden Cross, y de cesantía en AFC Chile S.A., correspondientes al período trabajado, sobre la base de una remuneración mensual de $2.264.220.

Asimismo, se dio lugar a la acción de nulidad del despido interpuesta por Martínez Jubany en contra del fisco, condenándolo a pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones que correspondan al período comprendido entre la fecha del despido y la de convalidación.

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