PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE15 AGOSTO 2020
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«…Y en un clamor mil voces de combate se alzarán, dirán, canción de libertad, con decisión la patria vencerá..»
Sergio Ortega
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1.- Los dineros de la previsión mensual que salen íntegramente de la remuneracion del trabajador, así como el aporte del trabajador al seguro de cesantia, no son cautelados como corresponde.
En ambos casos los patrones tienen la facultad, otorgada por ley, de declarar y no pagar mensualmente dichos dineros.
Dicho en otras palabras, hacen el descuento todos los meses pero no están obligados a pagarlos de inmediato.
Resulta increíble que en todos estos años no se haya podido resolver esta anomalía ni desde el gobierno ni desde el parlamento.
Por eso llamamos con tanto énfasis a no caer rendidos bajo los cantitos de sirena, que se escucharon cuando se aprobó la ley para sacar el 10% de las platas en la AFP.
Ellos no están por mejorar de verdad nuestra situación, ¿o acaso ha visto esta simple demanda en algún programa de gobierno?
Es está anormalidad evidente, establecida en la ley, la que nos llevó a levantar como una demanda urgente el termino de la declaración y no pago de estos dineros, que siendo propiedad del trabajador son descontados y utilizados indebidamente por los patrones.
2.- Sucede que los trabajadores no siempre están preocupados del estado de sus cotizaciones previsionales, por eso junto con invitarles a ser vigilantes con los dineros que les pertenecen, nos permitimos entregar algunas indicaciones para no ser sorprendidos por la voracidad patronal.
Es recomendable chequear regularmente la cartola y en lo posible sacar semestralmente una copia de la misma. Si detecta meses impagos debe colocar un reclamo en la inspección del trabajo, la que debe ordenar una fiscalización y luego indicar a la AFP que debe demandar el pago de los dineros adeudados.
Concientes de este robo, son muchos los que se resisten a reclamar con el fin de evitarse un encontrón con su empleador y perder en definitiva su empleo.
Por último y si se produjera el despido, junto con la notificación del mismo deben adjuntarle un documento en el que conste que las imposiciones están al día, de lo contrario el despido resultará inválido hasta que se pague la previsión adeudada.
En tal caso busque la asesoría jurídica para demandar dichos pagos, además de la indemnizacion respectiva, sin olvidar que el primer paso a dar es el reclamo en la inspección del trabajo.
3.- No ponga su caso en manos de cualquiera de los que ofrecen asesoría a la salida de las inspecciones del trabajo y menos aún haga pagos iniciales para comenzar un juicio. Al menos en nuestra CGT, usted paga una vez que gana el juicio.
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Educar, Organizar, Luchar
MANUEL AHUMADA LILLO
Secretario C.G.T CHILE