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Declaración sobre nueva Ley de Crianza Protegida

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LA VOZ DE LOS QUE SOBRAN JULIO 8, 2021

Luego de más de seis meses de espera y angustia de madres y padres que debían elegir entre renunciar a sus trabajos o exponer al riesgo de contagio de COVID 19 a sus hijos e hijas, se promulgó en Junio la ley Nueva Crianza Protegida. Un alivio que duró pocos días, puesto que evidenciamos “la letra chica” donde son perjudicados tanto madres como padres trabajadores(as) así como sus hijos e hijas.


La Mesa Agenda Género COVID 19 del Senado declara lo siguiente:

  1. Madres y padres trabajadores(as) de todos los sectores laborales (privado, público de planta, a contrata, a honorarios e independientes) han manifestado diversas dificultades para acceder a la extensión del postnatal.
  2. Existen falta de información y poca disposición a informarse sobre la nueva ley por parte de empleadores, así como en otras materias relacionadas. Esta situación ha entorpecido el proceso de solicitud de la extensión del postnatal produciendo falta de acceso al postnatal, una extensa espera y en algunos casos simplemente no se les pagará
    lo que les corresponde.
  3. Esto refleja una vez más la poca empatía por parte de las autoridades que deben implementar la ley que tiene carácter universal, sin embargo, en la realidad aparece como un disfraz bajo una suspensión laboral.
  4. Existen situaciones de trabajadores y trabajadoras de total incertidumbre, constante presión y amenazas por parte de sus empleadores para que vuelvan al trabajo y así desmotivar la petición de la extensión del postnatal por miedo a perder sus trabajos o bonos por la nula información sobre la baja en remuneraciones futuras asociadas a bonos que se pagan como PMG u otros por solicitar PSGR (Permiso sin goce de remuneraciones) en el caso de funcionarios(as) públicos(as). Ejemplo de ello son los siguientes casos:

“Caso 1: Profesora, trabaja en colegio que es fundación. Se acogió a Nueva Crianza Protegida ya que el colegio le paga AFC. Empleador le indica que no recibirá pago del bono de excelencia académica porque no pueden entregar ningún pago según ley AFC.

Caso 2: Hospital de Valdivia entrega circular N°034 con fecha 25 de Junio 2021, que indica según minuta enviada por el MINSAL lo siguiente: Funcionarias que hayan hecho uso de licencias médicas curativas, permisos ADM, FLA u otro distinto a lo mencionado, no podrá acogerse a esta prestación excepcional.

Caso 3: Municipalidad de Alto Hospicio anunció que no pagará los bonos a las funcionarias que accedan a esta extensión.

Caso 4: En JUNJI están llamando a firmar un descuento por los días que se tomaron en el mes de Junio por la extensión.

Caso 5: Ministerio del interior sin pronunciamiento y nula respuesta ante solicitudes de información.

Caso 6: Funcionaria de JUNAEB solicita a su institución el día 24 de Junio la extensión ya que su licencia médica estaba pronta a vencer. Recién el día 29 de Junio le informan que debe realizar el trámite mediante solicitud interna. El día 30 de Junio le avisan que debido a que los pagos son los 18 de cada mes y aunque ella envió la solicitud antes, deberá hacer devolución de los días de diferencia. Además, le advierten que al no recibir remuneración, sino que un bono, no le corresponderá el pago de los bonos trimestrales.

Caso 7: Armada de Chile informan a las funcionarias que las remuneraciones bajarán hasta un 60% debido a que la bonificación se calcula de forma similar a un subsidio por incapacidad laboral, esto es: total imponible menos descuentos previsionales e impuestos.

Caso 8: Cruce de reglamentos internos en distintas instituciones públicas que indican que no son compatibles con la extensión del postnatal como es el caso de JUNJI donde indica un dictamen donde no es compatible con el bono compensatorio sala cuna: “Esta modalidad excepcional de entrega del beneficio de sala cuna, no podrá implicar un doble gasto en los términos consignados en el dictamen N° 9.913, de 2020, por lo que no resulta procedente entregar el beneficio de sala cuna en esta modalidad si el servicio empleador mantiene una sala cuna institucional o contratos vigentes con establecimientos de esa naturaleza”. Lo anterior implica que las funcionarias de unidades educativas de esta institución están excluidas para solicitar la extensión del postnatal”. Fuente: Movimiento Maternidad Digna, 2021.

  1. Se suman a los casos expuestos otras dificultades que se arrastran desde incluso antes
    de ley mencionada y que en otras oportunidades han sido visibilizadas a las autoridades
    y siguen sin solución:
    • Incumplimiento por parte de los empleadores con el no pago de cotizaciones
    previsionales.
    • Incumplimiento por parte de empleadores de la Ley de Retorno Seguro no otorgando
    teletrabajo.
    • Los requisitos excluyentes y discriminatorios del Bono protege.
    • El no pago del bono compensatorio a trabajadores(as) que tienen hijos(as) menores
    de 2 años.
    • La poca e ineficiente fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo ante denuncias realizadas por los(as) trabajadores(as).

Todo lo anterior ha significado una constante angustia y desesperación para madres y padres,
debido a la gran cantidad de contagios por COVID-19 y el potencial PIMPS (Síndrome
Inflamatorio Multisistémico) con secuelas graves para los niños(as) a raíz de las insuficientes
medidas por parte de las autoridades para disminuir la propagación del virus y sus variantes, lo
que pone en riesgo la salud de los niños, niñas y bebés lo que demuestra una vez más que la
maternidad y paternidad ha sido nuevamente castigada.

Exigimos el cumplimiento de los tratados internacionales vigentes y ratificados por Chile en orden
a obtener y el respeto irrestricto de los derechos de maternidad, la protección de nuestros niños y
niñas e interpelamos al pronunciamiento de todos los actores involucrados en la implementación
de esta ley y explicaciones por parte de instituciones, personas y quienes sean responsables de la
vulneración de los derechos y exponer a riesgo, incluso de muerte a niños y niñas de nuestro país.

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