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Violencia laboral en México

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por Saúl Escobar Toledo, México

El “Centro de Análisis de Coyuntura Económica, Política y Social” y la “Casa del
Obrero Socialista Antonio Vital” (COSAVI) con el respaldo del Fondo Humanitario
de la United Steelworkers de Canadá, publicaron un informe que analiza diversos
casos de violencia contra trabajadores que han tenido como propósito reprimir la
libertad sindical y negar una verdadera negociación colectiva.

El estudio pretende demostrar que “el sindicalismo corporativo y de protección patronal persiste con fuerza, lo que ha obligado a los sindicatos independientes a buscar la protección internacional”, particularmente, el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) previsto en el TMEC. Agrega que “desde el inicio de su aplicación el MLRR ha adquirido una relevancia considerable ya que ha permitido corregir irregularidades relacionadas con elecciones sindicales, consultas de legitimización de contratos colectivos y actos de injerencia patronal en la vida interna de las organizaciones sindicales”. Sin embargo, advierten que la consolidación de la democracia sindical en México debe obedecer ante todo al mandato constitucional y no exclusivamente (y prioritariamente) a las obligaciones internacionales. Por ello, afirman, el MLRR debe ser un instrumento complementario y no el principal motor de la transformación de la vida sindical.

El estudio agrega que el sindicalismo corporativo se expresa ahora en organismos “blancos” “fantasmas” o “de membrete” que facilita la protección de los intereses patronales ya que la “simulación sustituye la negociación colectiva real” y excluye a las personas trabajadoras de las decisiones que afectan directamente sus condiciones de vida.

El documento reconoce que las reformas laborales de 2017-2019 y los compromisos adquiridos en el TMEC sentaron “bases legislativas robustas para democratizar el mundo del trabajo” ya que “tuvo como propósito transformar de manera profunda las relaciones laborales, fortalecer la tutela de los derechos humanos laborales y modernizar el sistema de justicia laboral”. Sin embargo, a lo largo de los últimos años, se ha abierto una brecha “alarmante” entre el reconocimiento formal de derechos y su ejercicio real. Esta distancia, entra la ley y la realidad, agregan, muestra “que las reformas legales, aunque necesarias, resultan insuficientes cuando no están acompañadas de instituciones capaces de prevenir la violencia, sancionar a sus responsables y garantizar condiciones reales para la libertad sindical y la negociación colectiva auténtica”.

Para ilustrar el problema de la violencia laboral se analizaron seis casos “específicos y paradigmáticos” que muestran la criminalización de la protesta, los despidos injustificados, la fabricación de delitos, el hostigamiento y las amenazas directas.

Varios de esos casos tienen una historia similar. Por ejemplo. en la región
fronteriza de Coahuila, México, la fábrica “Manufacturas VU” producía piezas para
el interior de los vehículos. Los trabajadores carecían de una organización sindical
y decidieron afiliarse a una agrupación independiente y demandar la firma de un
contrato colectivo. No obstante, de repente, funcionarios de la empresa
promovieron a la CTM (Confederación de Trabajadores de México) para tratar de
desplazar al sindicato escogido por los trabajadores y desataron una serie de
acciones violentas contra sus representantes: vigilancia, hostigamiento, castigos y
campañas de difamación contra las mujeres sindicalistas más destacadas. Todas
estas agresiones llevaron a los trabajadores a interponer una queja en el MLRR,
misma que fue aceptada y permitió una consulta con voto secreto que fue ganada
por la organización democrática. Sin embargo, la violencia no cesó y varios
integrantes fueron despedidos. Finalmente, la empresa prefirió cerrar
definitivamente sus operaciones en México.

En la empresa “Fränkische Industrial Pipes”, los trabajadores se organizaron en un
sindicato independiente y abandonaron la CTM. La respuesta de la empresa
consistió en desatar amenazas, sobornos y mentiras entre los trabajadores, lo que
no impidió que el nuevo agrupamiento asumiera la titularidad del contrato
colectivo. A pesar de ello, la relación cotidiana entre el sindicato y la empresa
sigue siendo tensa. El informe señala que “es común que los funcionarios de las

empresas encargados de dialogar y negociar con los representantes sindicales no
sepan cómo hacerlo” pues no tienen la capacitación necesaria para discutir con
una representación genuina de los trabajadores. En cambio, se dejan llevar por la
inercia de la costumbre que ha privado por más de tres décadas.

Un caso más se refiere a los transportistas que decidieron organizar un sindicato
independiente y, tras años de acoso y amenazas de dirigentes de la CROM,
decidieron acudir al MLRR. La empresa reaccionó despidiendo a los inconformes.
Cuatro años después, sin embargo, el agrupamiento democrático fue reconocido,
aunque la resistencia empresarial no ha cambiado sustancialmente.

En Cuautla Morelos, en la planta de la empresa Saint-Gobain Glass México se
repite la historia: en esta ocasión la disputa fue entre un sindicato independiente y
la CTC (Confederación de Trabajadores y Campesinos). Tuvieron que enfrentar la
violencia de la empresa y, presumiblemente, de la CTC. El asunto se llevó
entonces al MLRR. Las agresiones continuaron a tal grado que fue necesaria la
presencia de la Guardia Nacional, policías estatales y municipales, observadores
de derechos humanos y personal del CFCRL en las elecciones sindicales, lo que
permitió que los trabajadores pudieran expresarse libremente y se reconociera el
triunfo de su organización gremial.

El documento narra otras dos historias que, a mi modo de ver, son más graves.
Una de ellas ocurrió en la empresa Tornel, este año, cuando los trabajadores que
ya tenían un sindicato independiente reconocido desde hace 18 años organizaron
una huelga, la cual fue agredida por hombres armados en Tultitlán, Estado de
México, dejando varias personas heridas por armas de fuego.

Además, los trabajadores se quejaron de que las autoridades laborales mexicanas
se dilataron en reconocer la legalidad de la huelga y se negaron, igualmente, a
responder a la queja depositada en el MLRR.

Afortunadamente, la resistencia obrera logró superar la violencia. Se levantó, dice
el documento, un “tejido de solidaridad orgánica” que cohesionó a los huelguistas,

lo que finalmente permitió que se pusiera fin al paro de labores mediante un
acuerdo con la empresa que recogió sus principales demandas.

Finalmente, se relata la experiencia de los mineros de Camino Rojo, una empresa
canadiense del consorcio Orla Mining ubicada al norte del estado de Zacatecas.
Según la denuncia presentada, en la primavera de 2024, empleados de una
empresa subcontratada, que fueron reconocidos como miembros de una facción
del Cartel de Sinaloa, irrumpieron las reuniones del Sindicato Minero y las casas
de los trabajadores con la pretensión de obligarlos a afiliarse a otra organización
gremial. Los dirigentes del Minero tuvieron que abandonar la entidad por
amenazas de muerte.

A principios de este año, 2026, un panel del MLRR concluyó que efectivamente
existieron actos de intimidación y coacción contra trabajadores afiliados a la
sección 335 del Minero. Las investigaciones correspondientes documentaron que
“personas armadas y presuntamente vinculadas al crimen organizado fueron
utilizadas para amenazar y presionar a los trabajadores a abandonar su sindicato
y afiliarse a otra organización conocida por tratarse de un sindicato blanco”.

El estudio de la COSAVI advierte que “Tornel y Camino Rojo son un ejemplo
especialmente alarmante porque muestran que la violencia antisindical en México
ya no se limita a despidos o represalias administrativas, sino que puede incluir
amenazas de muerte, presencia armada y uso de estructuras criminales para
impedir la libre asociación de las personas trabajadoras”.

Al terror desatado contra los sindicalistas mineros, en el caso de Orlan Minig, se
debe agregar la desconcertante actitud de las autoridades laborales mexicanas.
Las solicitudes formales de auxilio enviadas al Ejército y a la Marina para
resguardar las asambleas del Minero fueron completamente ignoradas. Además,
rechazaron las recomendaciones del panel del MLRR pues consideraron que
había excedido sus atribuciones al analizar conductas de naturaleza penal;
afirmaron, asimismo, que los actos de “coerción” no podían atribuirse a la
compañía minera.

Los mineros se fueron a huelga en junio de este año y bloquearon los accesos a la
mina, pero las autoridades declararon ilegal el paro y en pocos días se reanudaron
labores. Las amenazas y diversos actos de violencia han continuado y el Sindicato
Minero insiste en que la empresa sigue violando la neutralidad laboral que dictan
las leyes y los acuerdos del TMEC.

En resumen, los relatos muestran que la violencia política contra personas
defensoras de derechos humanos laborales y sindicales en México “es un patrón
sistemático”. En todos, se documenta en mayor o menor grado, la intervención
patronal en la vida sindical. Y, además, una insuficiente respuesta institucional.
Las víctimas se quejan de omisión, dilación, falta de investigación ausencia de
medidas de protección y soluciones limitadas que no garantizan la reparación
integral del daño ni la prevención de nuevas agresiones.

El estudio de la COSAVI apunta algunas propuestas legislativas y jurisdiccionales
que, por falta de espacio, no es posible comentar. Sin embargo, la comisión de
actos violentos contra sindicalistas que reclaman el cumplimiento de la ley,
especialmente en los casos de Tornel y Orlan Mining, reflejan la continuidad de un
pasado ominoso. Superarlo, requerirá la participación de los trabajadores; el
acompañamiento de la sociedad mexicana; la solidaridad internacional; y el
fortalecimiento de nuestras instituciones laborales en el ámbito político, jurídico y
material.

saulescobar.blosgspot.com

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