Las nuevas investigaciones sobre corrupción en Chile revelan algo más profundo que una sucesión de casos individuales: la existencia de redes capaces de penetrar los mecanismos de decisión del Estado. Los chats de Andrés Chadwick y Luis Hermosilla muestran gestiones sobre decenas de postulantes y al menos 21 nombramientos efectivamente concretados, incluidos ministros de la Corte Suprema, abogados integrantes y fiscales judiciales. En paralelo, la investigación por el caso Fundamenta examina un depósito de $13 millones realizado a Gonzalo Migueles, pareja de la entonces ministra Ángela Vivanco, pocos días después de un fallo favorable a una inmobiliaria vinculada a los abogados investigados. Como informa Reportea, “Parte de lo nuevo es un mensaje enviado de Guido Girardi para impulsar el nombramiento de Patricia Manríquez como notaria”.
Lo decisivo no es solamente determinar si existió cohecho, tráfico de influencias o algún otro delito: corresponde establecer qué ocurre con una democracia cuando las relaciones personales, los favores y las “reciprocidades” sustituyen los procedimientos institucionales. Los chats revelan precisamente ese lenguaje: candidatos considerados “nuestros”, gestiones realizadas desde el poder político y favores reclamados como reciprocidades. En un caso, Hermosilla calificó a Carlos Mora Jano como “totalmente nuestro” antes de que llegara a la Defensoría Penal Pública.
Aquí resulta especialmente pertinente el investigador francés jurista y especialista en sociología de la corrupción, Pierre Lascoumes. Su análisis de la “zona gris” de la democracia muestra que la corrupción no se reduce al soborno clásico: también comprende favoritismos, arreglos, conflictos de interés y usos privados de posiciones públicas. Para Lascoumes, estas prácticas erosionan progresivamente la confianza ciudadana porque convierten la probidad —una condición de la legitimidad democrática— en una variable negociable. La corrupción, por tanto, no solamente roba recursos: altera las reglas mediante las cuales se distribuye el poder.
El caso chileno adquiere así una dimensión institucional mayor. Cuando un ministro del Interior y un abogado con acceso privilegiado pueden intervenir informalmente en la selección de jueces, fiscales o abogados integrantes, la separación de poderes deja de funcionar como principio material y corre el riesgo de convertirse en una mera arquitectura formal. Los antecedentes muestran incluso discusiones sobre cómo ordenar candidatos políticamente afines y sobre quién debía ser considerado para determinados tribunales. La cuestión democrática es entonces quién controla a quienes controlan el Estado.
Francia ofrece un contraste significativo. Allí la justicia ha demostrado que el poder presidencial no constituye una inmunidad política permanente: el expresidente Nicolas Sarkozy fue condenado en 2025 a cinco años de prisión por asociación de malhechores en el caso relativo al financiamiento libio de su campaña presidencial de 2007. Más allá de la valoración que pueda hacerse de cada sentencia, el hecho institucional fundamental es que un antiguo jefe de Estado puede ser llevado ante los tribunales y condenado. La separación de poderes adquiere sentido cuando el poder judicial puede juzgar al poder político.
La lección para Chile es contundente: una democracia no se defiende únicamente mediante elecciones, sino mediante instituciones capaces de limitar al poder cuando éste transgrede las reglas. Lascoumes advierte que la tolerancia social frente a los pequeños y grandes arreglos puede convertir la corrupción en algo simultáneamente escandaloso y normalizado. Cuando los ciudadanos perciben que los cargos se obtienen mediante contactos, que los favores generan deudas y que la justicia puede ser influida, la desconfianza deja de ser un efecto secundario y se transforma en una crisis de legitimidad.
Leopoldo Lavín Mujica











