Inicio Historia y Teoria Marxismo/Debates – El valor explicativo de la teoría del desarrollo desigual y combinado

Marxismo/Debates – El valor explicativo de la teoría del desarrollo desigual y combinado

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Susan Dianne Brophy *

 

Historical Materalism, 26-3-2018,  http://www.historicalmaterialism.org/
Traduccion de Viento Sur,  http://www.vientosur.info/

El capitalismo no se desenvuelve de forma lineal ni uniforme. La desigualdad, que se manifiesta con diferentes niveles de penetración de los mercados o de desarrollo industrial, puede estar presente en un solo ámbito, mientras que elementos no capitalistas pueden combinarse en grado diverso con fuerzas productivas capitalistas. Articulado de este modo, el desarrollo desigual y combinado (DDC) del capitalismo es un hecho demostrable y tan asumido como tal que algunos sostienen que es una ley del desarrollo 1/. El DDC es tan de sentido común que hace dos décadas Justin Rosenberg se preguntaba en las páginas de New Left Review por qué una perspectiva histórica que proporciona tal “simplicidad retrospectiva” tardó tanto en aparecer 2/. Sin embargo, esta supuesta simplicidad nos lleva a otra curiosidad: ¿cómo es posible que lo que es manifiestamente obvio sea (hoy incluso) tan controvertido?

Las sospechas de Rosenberg en 2013 estaban en lo cierto. Para dar respuesta a esta pregunta hay que adentrarse en los asilvestrados parajes filosóficos donde este concepto echó raíces por primera vez 3/; y si se quieren estudiar las bases filosóficas del DDC, la estación término no se encuentra solo en Trotsky, sino en los fundamentos filosóficos más amplios del marxismo: en el materialismo dialéctico.

Todavía hoy prosiguen los debates en torno al DDC, sobre todo, aunque no exclusivamente, en los ámbitos de la sociología histórica 4/ y en el marco teórico de las relaciones internacionales 5/. Entre las controversias más interesantes están las que se dan entre marxistas políticos (generalmente aquellos que invocan el enfoque de Robert Brenner, asentado en términos de clase, sobre la transición al capitalismo), como es el caso de Benno Teschke 6/, y aquellos que propugnan el DDC en las relaciones internacionales, como es el caso del reciente trabajo de Alexander Anievas y Kerem Nişancıoğlu 7/. En este debate se entrecruzan entonces dos líneas divisorias, una que tiene que ver con la amplitud temporal del DDC y otra que plantea dudas acerca del valor explicativo del concepto. Quizás si solo nos pusiéramos de acuerdo acerca de si el DDC es una ley transhistórica o simplemente una característica exclusiva del capitalismo, entonces podríamos zanjar la cuestión de su utilidad inherente. Sin embargo, este arreglo tan apresurado no contribuye a resolver la tautología subyacente, que sostiene que el DDC explica el desarrollo del capitalismo, pero al mismo tiempo el propio DDC requiere una elaboración mayor, o dicho de una forma más sucinta, aclarar la noción de que “el DDC explica el DDC” 8/. Al quedar lastrado con inconvenientes tan arraigados, sostengo que una mirada más atenta sobre las premisas de materialismo dialéctico en el DDC nos puede llevar a resolver la cuestión. Si se reformula en estos términos la ley del DDC no vendría a ser más que una simple manifestación de la lógica del materialismo dialéctico, a la que se llega mediante la aplicación de una metodología del materialismo histórico. Desde este replanteamiento filosófico podemos obtener claridad lógica, algo que al menos enfriará las representaciones apócrifas del DDC y quizás lo resituará como un marco instructivo para el estudio del cambio.

Para empezar: Trotsky

Dirijamos primero nuestra mirada a Trotsky, dado que se encuentra entre los principales creadores de la noción del DDC como ley histórica 9/. Incluso una comprensión básica del materialismo histórico nos obliga a reconocer que Trotsky inicia una explicación histórica –muy detallada en el caso de la Revolución Rusa– y, desde esa evidencia, plantea el DDC como una ley histórica 10/. El caso ruso le convence del “carácter impremeditado, complejo, combinado” del desarrollo cuando describe su curso como algo que sucede con rupturas y “saltos”. Observa brechas y disparidades donde los saltos del desarrollo no solo son posibles, sino inevitables en ciertas circunstancias; esto lo identifica con el desarrollo desigual. Al mismo tiempo percibe “la confluencia de diferentes etapas”, donde lo disociado deviene unificado a fin de crear una nueva amalgama desarrollista; esto lo identifica con el desarrollo combinado. Por medio de saltos, rupturas, disparidades y desigualdad, por un lado, y fusión, interdependencia, adaptaciones y combinación, por otro, tenemos constancia de las fuerzas contradictorias que jalonan el cambio histórico.

Estamos ante el esquema de las principales controversias que persisten a día de hoy y que ahora me limito a esbozar, pero que más adelante retomaré con más detalle. En primer lugar, si la ley de DDC de Trotsky es el producto de su análisis histórico de las relaciones sociales endémicas del capitalismo ¿es admisible o acertado asumir que dicha ley pueda también aplicarse transhistóricamente a una diversidad de épocas caracterizadas por modos de producción no capitalistas? En segundo lugar, aun cuando dicha ley solo sea aplicable al desarrollo capitalista, ¿cuál es su valor explicativo más amplio, más allá de la reivindicación tautológica de que el capitalismo se desenvuelve de un modo desigual y combinado porque… el capitalismo se desarrolla de forma desigual y combinada? Por muy intratables que parezcan estas disputas, también podemos vislumbrar la posibilidad de resolverlas una vez que nos embarquemos en una cuidadosa disección del funcionamiento interno del DDC.

Trotsky llega a la ley del DDC porque entiende el cambio histórico como algo esencialmente condicionado, sujeto a una geografía y un tiempo, bien dando saltos adelante o experimentando lentos bandazos, pero siempre en movimiento. Como ley histórica es tanto general como abstracta, pero, como ley histórica derivada de la aplicación de una metodología del materialismo histórico, refleja en sí la volatilidad y las contradicciones de la transformación social. Pienso que esto es algo así como la hegemonía de la insumisión que, para Trotsky, fundamenta otras dos afirmaciones decisivas: el rechazo del determinismo económico, que da lugar a un enfoque etapista de la historia 11/, y la teoría de la revolución permanente. Dado que los restos de épocas de producción anteriores se mantienen y entran en conflicto con nuevos medios de producción, el cambio económico se desvela como algo altamente contingente y sujeto a un conjunto de influencias internas y externas (por ejemplo, internacionales) 12/. La revolución debe entenderse asimismo como inacabada porque ninguna fase secuencial es totalmente completa hasta que el mismo sistema de clases no haya sido abolido de forma decisiva. “El proceso de desarrollo”, en términos inequívocamente dialécticos, es la desintegración e integración ininterrumpida y no lineal de fases diferenciadas en que diferentes rasgos del cambio histórico se compenetran para constituir una “totalidad” o, más precisamente, una “unidad diferenciada” 13/.

De forma casi subrepticia, pero en absoluto accidental, estamos ante las premisas filosóficas del materialismo dialéctico –negación, contradicción y síntesis– cada una de las cuales sirve a un común imperativo lógico: a lo que Frantz Fanon, el experto, aunque infravalorado, materialista dialéctico, denominaba el “eterno interrogante” sobre la relación entre lo concreto y lo abstracto 14/. Entiendo la ley de desarrollo que nos propone Trotsky como una reiteración de este imperativo del materialismo dialéctico; ambos son inseparables, si no sinónimos, de modo que ignorar esta profunda vinculación implica malinterpretar los fundamentos filosóficos del DDC. De aquí se infiere entonces que las distorsiones más atroces del DDC en los debates contemporáneos provienen (en el mejor de los casos) de una falta de atención o (en el peor de los casos) de una negación rotunda de esta correlación explícita.

Debates a la deriva

Partiendo de las divergencias en torno a la fidelidad relativa, sobre las que los estudiosos insisten cuando hacen referencia a las formulaciones originales de Trotsky, podemos encontrar una diversidad de expectativas relacionadas con el DDC. Aunque solo haga referencia a una selección de estas proposiciones, la muestra es suficiente para exhibir tanto las distorsiones que caracterizan los debates contemporáneos sobre el DDC como para poner en valor el regreso al materialismo dialéctico como respuesta.

Ernest Mandel, en la primera página del primer capítulo del El capitalismo tardío, inicia su defensa de la ley del DDC con una nota sobre la relación entre lo abstracto y lo concreto 15/. Casi incómodo por tener que abordar una reflexión tan elemental, basa este apartado en una cita de los Grundrisse que abarca tres cuartos de una página. Después proporciona un hábil resumen –con las Notas Filosóficas de Lenin como suplemento– en forma de cuatro reglas que sirvan para protegernos de toda simplificación del método de Marx: en primer lugar, lo concreto es tanto el supuesto inicial como el objetivo último; en segundo lugar, lo abstracto y lo concreto se generan mutuamente en un proceso de progresión dialéctica; en tercer lugar, esta forma de progresión unifica “análisis y síntesis”, manteniendo intacta la relación mutuamente constitutiva entre lo abstracto y lo concreto como una “unidad de contrarios”; y, en cuarto lugar, cada sucesiva fase cognitiva tiene que “ponerse a prueba en la práctica” como una forma de validación. Con esta lógica filosófica a mano, se apresta a entender lo distintivo del capitalismo tardío, no sin antes identificar las leyes del capitalismo en general.

La interpretación que hace Mandel del desarrollo del capitalismo descansa en la ley del DDC que, según él, le distingue de aquellos que plantean el equilibrio como ley. Para Mandel, el desequilibrio es la “esencia del capital”; cómo y con qué fin puede extraerse y acumularse plusvalía en un sector está relacionado con cómo y para qué puede extraerse y acumularse en otro. La “yuxtaposición de desarrollo y subdesarrollo” que Mandel observa le lleva a respaldar la ley del DDC, y a considerarla universal en tanto que se aplica al desarrollo capitalista en general, pero no de forma transhistórica, en el sentido de que sea aplicable a otras épocas no capitalistas. A simple vista podríamos adjudicar a Mandel esta diferenciación entre lo universal y lo transhistórico; sin embargo, si profundizamos algo más, podremos comprobar cómo un abuso de sus propias reglas desemboca en una confusión acerca del alcance temporal del DDC y, por extensión, de sus inferencias tautológicas.

Mandel está posiblemente más preocupado por defender las leyes abstractas del capitalismo y, en general, del marxismo que en entender el capitalismo como una unidad diferenciada, sujeta a cambios constantes. Este es el planteamiento de Chris Harman en su mordaz crítica a El capitalismo tardío, donde sostiene que los procesos de cambio perpetuo pueden repercutir en las propias leyes y que Mandel, al errar con sus propios supuestos filosóficos, “reemplaza la explicación por el eclecticismo” 16/. Una vez que dejamos de indagar sobre abstracciones, estas pierden validez y se convierten en reliquias que solo pueden ser desplegadas de manera ecléctica. Esto quizás explique lo que ocurre con la ley del DDC cuando se transforma en un sello distintivo específico para el desarrollo capitalista; la limitación temporal del DDC lo elimina como una idiosincrasia del capitalismo, de hecho hipostasiando la abstracción y disolviendo la unidad de contrarios en una total identificación. Cuando se asume que lo abstracto es lo concreto, el valor explicativo del DDC da paso a una tautología: la existencia del DDC explica la ley del DDC, algo que se toma como un fenómeno dado.

Y si dejáramos de atribuir a la ley del DDC el carácter de ley, ¿no quedaría así solucionado el problema? Marcel van der Linden nos ofrece esta propuesta. Las leyes científicas cumplen una función de predicción, pero Van der Linden no está convencido de que la ley del DDC pueda alcanzar este propósito con fiabilidad alguna. Lo argumenta señalando que la ley del DDC es “insuficientemente específica” y como tal no es una ley en absoluto 17/. En cierta medida, Jon Elster aporta un pronunciamiento similar sobre el DDC, si bien con un tono de renuncia mayor. A su juicio, como marxista analítico que es, el DDC es “insulso” y hay que meterlo en el mismo saco que otras teorías marxistas que él considera sugestivas y escurridizas 18/. Sostiene, en apoyo esta desestimación, que existe una falta de claridad respecto a cómo los elementos “objetivos” (por ejemplo, las condiciones económicas) y los elementos “subjetivos” (por ejemplo, el clima político o social) podrían combinarse de modo que nos permitan predecir dónde y cómo se produciría una revolución comunista. Mientras Van der Linden señala que una vez que nos deshacemos del yugo de la ley, ello nos permitirá examinar mejor las relaciones sociales que producen los “saltos históricos” para el DDC, Elster rechaza totalmente el DDC debido a su escaso valor de predicción. Sin embargo, ambos impugnan el DDC como una abstracción estática y ambos reniegan también de la abstracción porque pierde de vista lo concreto.

Pero no, no podemos eliminar simplemente el término “ley” en nuestra comprensión del DDC, porque de hacerlo corremos el riesgo de ir demasiado lejos en la otra dirección: es decir, sacrificando la dialéctica por el materialismo y socavando la lógica que nos llevó en primer lugar al DDC. Elster estaría contento con este resultado, pero esto de entrada solo nos mostraría lo estrechamente identificado que está el DDC con el materialismo dialéctico. La respuesta quizás sea mantener la noción de ley, pero extendiendo su aplicación a épocas no capitalistas, ya que procediendo así llegamos a una noción menos restrictiva de la ley abstracta, una que permita una diferenciación mayor de lo concreto. Esto es lo que Rosenberg aporta a la teoría de las relaciones internacionales.

Para Rosenberg, el DDC sirve a un fin más amplio, que consiste en introducir en este ámbito una comprensión más sistemática de la historia de la transformación social 19/. Plantea que el DDC es una vía para el debate porque hace que lo social incida en lo internacional al tiempo que proporciona “una abstracción general del proceso histórico” (léase: el DDC como algo no exclusivo del capitalismo) 20/. Y, con respecto al segundo punto, sostiene que tratar el DDC como un efecto colateral, exclusivamente capitalista, no viene sino a distorsionar la formulación original que hiciera Trotsky al presentar el DDC como una ley histórica con un alcance temporal más generalizable. Alex Callinicos, respondiendo a la interpretación que Rosenberg hace de Trotsky (presumiblemente de una manera que recuerda a Mandel), aboga por un enfoque de modo de producción, recurriendo a conceptos de El Capital para acentuar las formas específicas con que se reviste el capitalismo cuando aparece en determinados periodos y ámbitos geográficos 21/. Aunque reconoce que el DDC, según el enfoque de Trotsky, resiste el esencialismo económico, este reconocimiento no protege al propio Callinicos de la acusación de abordar el DDC en “términos exclusivamente económicos” 22/. En suma, este productivo intercambio entre Callinicos y Rosenberg en el ámbito de la teoría de las relaciones internacionales no hace sino reflejar un debate más general en torno al DDC. Si se aplica de una manera –el DDC como marco analítico–, puede dar cuenta de lo social y ser resistente al reduccionismo economicista. Y, contemplado desde otro ángulo, generaliza en exceso y por ello es insuficientemente explicativo, haciendo que el que lo invoca sea incapaz de considerar las particularidades del desenvolvimiento capitalista.

El intercambio de ideas entre Callinicos y Rosenberg dio lugar en 2008 a una sección especial dedicada al DDC, publicada en 2009, en la Cambridge Review of International Affairs. Aquí pisamos de nuevo el mismo disputado terreno de antes, pero dotado de un interés compartido por la contenciosa lectura transhistórica del DDC por parte de Rosenberg. En el artículo inicial, Neil Davidson sostiene que el DDC –al que se refiere Trotsky– no es el DDC transhistórico al que se adhiere Rosenberg, sino más bien un momento específico de la historia de Rusia que “sólo llega con la industrialización capitalista” 23/. Sam Ashman coincide al confirmar que el capitalismo genera un tipo de desigualdad específico que de hecho no es transhistórico, porque al utilizar el DDC como una ley transhistórica perdemos de vista, por de pronto, los rasgos singulares del capitalismo que dieron lugar al DDC 24/. Una apreciación similar proviene de Jamie C. Allinson y Alexander Anievas, pues ambos sostienen que solo se puede llegar al DDC una vez que se reconoce que los principales motores de la expansión capitalista (competencia y plusvalía) cuentan lo mismo 25/. Este punto de partida limita necesariamente la aplicación transhistórica del DDC, aunque sepa valorar de algún modo cómo el DDC vincula la historia precapitalista con la capitalista. El hecho de que Anievas, en particular, valore el DDC se pone de manifiesto en el trabajo monográfico que más tarde coedita con Nişancioğlu bajo el título Cómo llegó a dominar Occidente. Los autores identifican tres aplicaciones del DDC: como ley abstracta, como metodología y (su enfoque preferido) como teoría, y plantean, en línea con el punto de vista de Rosenberg, que la mejor parte del DDC es la promoción que Trotsky hace de lo internacional como una fuerza en el cambio histórico 26/.

Entre los comentarios más ásperos al enfoque que Rosenberg confiere al DDC se encuentra el de Teschke, de 2014. Teschke es escéptico respecto al giro retorcido de las relaciones internacionales que aquel imprime al DDC, tachándolo de producto lamentable, fruto de una fusión de neorrealismo y estructuralismo 27/. Para él el colapso del DDC como ley y como teoría en las relaciones internacionales socava su promesa explicativa al encerrarlo en una abstracción, una eventualidad que juzga insoportable, porque viola el principal postulado del método dialéctico de Marx, a saber, la “eterna interrogación” de la relación que guarda lo abstracto con lo concreto. Lo que Teschke encuentra por cierto desconcertante es aquello que otros ya han abanderado: hipostasiar la ley abstracta que pierde de vista lo concreto, desembocando en una tautología. Sin embargo, quisiera añadir que, lo que es por lo demás un análisis mordaz, el rechazo del DDC del que Teschke hace gala es poco sincero. Elimina cualquier rastro de materialismo dialéctico en su forma de entender el DDC, introduce una tautología en el vacío resultante y declara que “sigue siendo incierto lo que impulsa el desarrollo desigual y combinado”. El retal transhistórico que queda no sirve para identificar la función productiva con “la mediación política” en el desarrollo histórico, y por ello debe ser rechazado.

La simplicidad del DDC al entenderlo solo como una ley abstracta socava su esperado valor explicativo. A primera vista, el DDC pretende explicar el desarrollo del capitalismo al ofrecer un esquema para entender el cambio económico; sin embargo, este esquema demuestra ser insuficiente, lo que nos lleva a la conclusión de que el propio concepto de DDC requiere una mayor elaboración. Teschke hace referencia a esto cuando habla de la inevitable “rotunda tautología” del DDC; pero esta valoración paliativa es antitética con el materialismo dialéctico y es una consignación engañosa del valor explicativo del DDC. En concreto, Teschke maneja como sinónimo la noción del DDC como ley abstracta y el DDC como algo históricamente diferenciado, lo que equivale a una deserción de la metodología del materialismo dialéctico que nos conduce a una trampa tautológica. Lejos de ser algo fatal o inevitable, la trampa viene a ser algo de su propia cosecha: el DDC solo puede ser calificado de “rotunda tautología” cuando se ha laminado la mutua dialéctica constitutiva entre lo abstracto y lo concreto.

Como he tratado de demostrar, algunos proyectan la ley del DDC como un irremediable impostor transhistórico excesivamente generalizador; ahora bien, cuando repatriamos el DDC a los dominios del materialismo dialéctico, estos diagnósticos tan lúgubres resultan insoportables por dos razones. En primer lugar, porque el DDC como ley abstracta es el producto razonable de la lógica del materialismo dialéctico en la práctica y, dado que esta lógica de la “eterna interrogación” no puede soportar semejante aseveración tautológica 28/, aquellos que proscriben el DDC en virtud de su carácter tautológico también dan la espalda a la esencia del materialismo dialéctico. En segundo lugar, porque el DDC solo es tautológico si permanece en los confines de la abstracción estática. Dado que el deber del materialista dialéctico es concretar las abstracciones (y a la inversa), el DDC no debe entenderse como un toque de clarín para un análisis ulterior o, como explican Anievas y Nişancıoğlu, como una empresa que “opera por medio de una serie de “niveles de abstracción descendentes para alcanzar una mayor aproximación a la realidad empírica, remodelada en el pensamiento, a cada paso del trayecto” 29/ Nos vemos innecesariamente arrastrados al sendero tautológico cuando abandonamos el núcleo de la filosofía del materialismo dialéctico, es decir, confundiendo la simple abstracción con una categoría concreta 30/. En lugar de operar con estos conceptos de forma intercambiable con fines autodestructivos deberíamos tener presente la relación mutuamente constitutiva entre la ley del DDC como simple abstracción y el DDC históricamente diferenciado como categoría concreta.

Una réplica

Mientras Teschke se muestra cauteloso ante el “resultado circular según el cual el DDC explica el DDC” 31/, un principio esencial del análisis del materialismo dialéctico plantea que no debemos tomar conceptos comparables como abstracciones fijas e idénticas, y así nos lo recuerda Trotsky al señalar que “en realidad, Ano es igual a A” 32/. Haciendo referencia a medidas de azúcar, dice que una libra de azúcar en una balanza no es igual a una libra de azúcar medida en un aparato más preciso. La correspondencia absoluta requiere formalismo y fijeza, y donde no hay cambio alguno (temporal o de otro tipo), no hay vida alguna o “existencia”. En cambio, el “pensamiento dialéctico analiza todas las cosas y fenómenos en su continuo cambio, al tiempo que determina, bajo las condiciones materiales de tales cambios, el límite crítico tras el cual A deja de ser A “. Desde esta perspectiva, el diagnóstico del DDC como una “simple tautología” se manifiesta como una pista falsa: el DDC no es igual al DDC, a no ser que se entienda al margen de la dialéctica y, por extensión, de modo inconsistente con respecto a su forma original de interacción.

Un argumento de peso contra la idea del DDC como algo temporalmente condicionado proviene de Anievas y Nişancıoğlu, que contemplan los tentáculos del DDC extendiéndose más allá del capitalismo europeo 33/. Sin embargo, en términos más filosóficos, la persistencia de este debate sobre si el DDC es o no transhistórico tiene su origen en la falta de una demarcación más adecuada entre un DDC como mera abstracción frente a una categoría concreta, todo lo cual se complica con divergencias formalistas que acompañan a la insistencia de que el DDC es tautológico. Al prestar atención con más detalle a la relación entre lo abstracto y lo concreto, logramos excavar las entrelazadas raíces existentes entre el materialismo dialéctico y el DDC, lo que nos permite revalorar lo que razonablemente podemos esperar del DDC al estudiar el cambio histórico.

Sabemos que la abstracción pura congela la dialéctica y fomenta la tautología al confundir lo abstracto con lo concreto; ahora bien, la manera de salir de este aprieto requiere algo más que el cuestionamiento de la abstracción por medio de la concreción. Trotsky insiste en que el movimiento de concretar lo abstracto no da pie a veredictos categóricos sobre las relaciones sociales, de hecho más bien a que “cuanto más concreto sea el pronóstico, tanto más condicional viene a ser”. Podemos, por ejemplo, tener por un lado el trabajo como una categoría (abstracta) indiferenciada y, por otro, el trabajo asalariado como una categoría más diferenciada históricamente. Aunque ésta sea históricamente más específica, sigue siendo una categoría abstracta en modo alguno resuelta 34/; nos encontramos solo en “el proceso de la ‘verdadera abstracción’”, y no en el punto final de nuestro análisis. En efecto, a medida que avanzamos en una evaluación del desarrollo histórico, nuestras demandas de verdad en torno a lo concreto se tornan cada vez más relativas. Pero no debemos confundir esto con un descenso al puro relativismo, pues de hacerlo sería a costa de perder la conexión constitutiva con la totalidad. O como lo expresaría Lenin al afirmar que la lógica del materialismo dialéctico nos protege frente a esta degeneración porque “reconoce la relatividad de todo nuestro conocimiento, no en el sentido de negar la verdad objetiva, sino en el sentido de que los límites de aproximación de nuestro conocimiento a esta verdad están históricamente condicionados” 35/. A pesar de la unidad de “análisis y síntesis”, mantenemos intacta la diferenciación entre lo abstracto y lo concreto, obligándonos a cuestionar nuestra propia comprensión de la totalidad. Lo que tenemos entonces es una dialéctica entre verdad relativa y verdad objetiva, y donde nuestro conocimiento de la verdad objetiva es condicional, aun cuando la verdad objetiva exista incondicionalmente. En este sentido, nuestra comprensión de lo incondicional y objetivo ocurre mediante nuestra comprensión de lo condicional y relativo, y a la inversa.

Por ello, más que concretar lo abstracto, también es cuestión de abordar lo que entendemos por lo concreto y saber mantenerlo para un análisis posterior, a saber, haciendo abstracción de lo concreto. Por ejemplo, el contrato como simple abstracción aparece recorriendo varias épocas. No obstante, el tipo de contrato específico que está integrado en el modo de producción capitalista solo puede entenderse desarrollando su forma específica con relación a otros desarrollos históricos específicos. Cuando se interroga a la simple abstracción con arreglo a las singularidades de un determinado espacio y tiempo, esta está siendo subordinada al “proceso de la ‘verdadera abstracción’”, donde tenemos la unión de “síntesis” y “análisis”. Esto implica situar los desarrollos históricos específicos del contrato capitalista (respecto a quién está autorizado a contraer un contrato en un determinado espacio y tiempo) frente al concepto abstracto de contrato (enraizado tempranamente en forma de juramento) 36/. La abstracción compenetra lo concreto, y aunque ambas categorías sigan siendo distintas, el desarrollo histórico del contrato en su forma capitalista asume tanto como niega el contrato como una simple abstracción. En esta transformación, los elementos contradictorios pueden permanecer intactos en distintos niveles, lo que nos permite entender cómo el contrato, en la práctica un testimonio de enemistad en el capitalismo, permanece conectado a la noción del contrato como una expresión de lealtad de otras épocas.

Un ejemplo que pone mejor de manifiesto estas conexiones dialécticas es el temprano contexto de los asentamientos coloniales en Canadá. Al crearse en 1812 el primer asentamiento en las praderas de Red River (en la actual Manitoba), el contrato feudal que vinculó a los siervos a la compañía de comercio de pieles de Hudson Bay se estaba transformando, a medida que algunos siervos llegaron a ser colonos propietarios de tierras. Para que esto ocurriera, el siervo tenía que “emanciparse, trabajar por su cuenta” y “poder ser consignado como deudor” en la tienda de la compañía, adoptando así las típicas tempranas libertades burguesas 37/. Pero esto no fue un simple cuento de cómo la lealtad del contrato de servidumbre quedaba negada por la llamada “libertad” del contrato del colono, basada en su capacidad de endeudamiento. De crucial importancia fue que esta transformación presagiara cambios en la libertad de los pueblos indígenas. La libertad sintética que formaba el núcleo de la nueva situación contractual del colono era una condición abstracta moldeada por la realidad de lo que suponía ser un deudor y por el hecho de que la posesión de tierra entrañaba llegar a compromisos con la libertad de ciertos pueblos indígenas. Y, a su vez, la libertad sintética de estos pueblos indígenas reflejaba la realidad que requería sus firmas para los tratados que legitimaban la desposesión de tierras 38/. Su libertad, contemplada como “no familiarizada con el control y la subordinación”, fue reconocida por los agentes coloniales mediante instancias que facilitaban relaciones contractuales de desposesión 39/. Por ello, hacia 1812, en Red River, contraer contratos vino a ser un instrumento de cambio, si bien el proceso en sí estuvo compenetrado de conceptos abstractos de libertad y de realidades de clase y raza.

Empezar a entender la totalidad de las transformaciones implica identificar una manifestación históricamente específica del DDC, lo que requiere un atento análisis de las contradicciones, negaciones y síntesis que acaecen en un determinado espacio y tiempo histórico. En el ejemplo que hemos aportado, las dimensiones abstractas e indiferenciadas del contrato llegan a ser comprensibles cuando se presta atención a las facetas relativas e históricamente específicas, lo que a su vez ilustra cómo los elementos abstractos están diferenciados, si bien por ello no dejan de ser menos constitutivos que en las relaciones contractuales reales. Incluso con este breve ejemplo podemos empezar a ver la dinámica desigual y combinada en un específico periodo de cambio que clarifica la relación consustancial entre el contrato como un constructo indiferenciado, las libertades de tipo burgués asociadas a los contratos capitalistas y el contrato aún más específico en un contexto de temprano asentamiento colonial. Al progresar por medio de “niveles de abstracción descendentes” resulta posible conectar y sin embargo diferenciar el contrato como una abstracción fija respecto a prácticas contractuales históricamente específicas. Al mismo tiempo, percibimos que el DDC en su forma de ley general abstracta y el DDC en un contexto histórico más concreto son mutuamente constitutivos, aunque no idénticos.

El DDC como ley de desarrollo histórico viene a ser la ley general en su acepción extrema; podemos considerar esto como un ejemplo de una “simple categoría” en la medida en que consiste en “determinaciones generales abstractas que por ese motivo pertenecen más o menos a todas las formas de sociedad” 40/. Cuando hablamos de la ley del DDC como una característica definitiva del capitalismo (por ejemplo), tenemos en mente una articulación más específica de la extrema abstracción; podemos considerar esto como un ejemplo de una “categoría más concreta” en la medida en que pertenece a una articulación específica de las relaciones sociales. Incluso en su orientación más exclusivamente capitalista todavía estamos hablando generalmente sobre modalidades mientras avanzamos hacia una mayor comprensión. La cuestión más importante de esta diferenciación consiste en reconocer que la ley del DDC puede aparecer como una extrema abstracción en un sentido realmente universal, mientras que la ley del DDC aplicada específicamente al capitalismo viene a ser una articulación más particular de lo general. Como lo explica Rosenberg: “lo transhistórico y lo históricamente específico pueden –y de hecho deben– combinarse en el análisis de cualquier concreto particular”, teniendo siempre cuidado de no meter lo abstracto en lo concreto con el fin de obtener una visión más clara de la totalidad 41/. Esta demarcación entre lo abstracto y lo concreto no resta en absoluto valor para entender el DDC como una ley del capitalismo; de hecho promueve nuestra comprensión del DDC porque el debate ya no queda atrapado en un paradigma de esto o aquello que nos obliga a elegir entre una versión transhistórica o una específicamente capitalista. Desde un principio, la lógica del materialismo dialéctico nos demuestra la falacia de esta elección. El dilema de esto o aquello, en lugar de clarificar el tema del DDC, lo simplifica extremadamente negando aquello que deberíamos analizar: la relación dialéctica entre lo abstracto y lo concreto. La negación de esta relación esencial es el primer paso para aceptar que “A” es igual a “A” 42/, lo que viene a ser el puerto de entrada a un panorama filosófico totalmente hostil a la comprensión del desarrollo histórico. Con este giro nos alejamos de la concepción fundacional de que “todo está sujeto a permanente cambio” y comenzamos a pedalear por “abstracciones fijas” 43/.

Si después de esta demarcación más precisa entre lo abstracto y lo concreto nos inclinamos todavía por insistir en que el DDC es un fenómeno exclusivo del capitalismo y que carece de una dimensión universal, entonces deberíamos intentar buscar un argumento más convincente. Una ulterior abstracción del DDC para alcanzar un nivel más universal no implica que la ley del DDC, como algo específico del capitalismo, también pueda aplicarse universalmente. Ciertamente que no, pues se dan atributos específicos del DDC a los que no se puede dar una traslación universal, como por ejemplo la dependencia del mercado y la acumulación por medio de la plusvalía. No obstante, es demasiado precipitado afirmar que solo donde veamos el capitalismo como el modo de producción dominante sea cuando también podamos identificar el DDC como el modelo general de la evolución, un hecho que se puso de manifiesto con el ejemplo del Red River. Al negar una aplicabilidad más amplia estamos peligrosamente a punto de sugerir –sin pruebas– que el desarrollo histórico no se desenvuelve de forma desigual y combinada. Entonces ¿cuándo comienza este proceso de DDC en la historia?

Ahora podemos realmente ver lo que está en juego cuando vinculamos el DDC de forma tan exclusiva al capitalismo. Si reconocemos que la ley del DDC es en esencia una expresión de la lógica del materialismo dialéctico, entonces el impulso de encasillarlo temporalmente tiene como consecuencia una amputación de la propia dialéctica. Contradicción, síntesis y negación vienen a ser el ámbito singular para el capitalismo, dado que la escala completa del desarrollo del materialismo dialéctico se pierde en aplicaciones selectivas de las leyes generales.

Tengamos también en cuenta que ya concedemos tal flexibilidad a la ley del DDC en otro ámbito, como es la geografía. Trotsky conceptualizó la ley del DDC mediante un minucioso estudio de la Revolución Rusa, pero sería absurdo deducir de ello que la ley del DDC carece de valor fuera del caso ruso. Que la ley del DDC se extiende más allá de la jurisdicción específica de la Rusia revolucionaria es un reconocimiento implícito de que la ley en sí apunta a un modelo abstracto, generalizable y general del desarrollo que puede estar presente en otras épocas y lugares. También resulta prudente señalar que las observaciones de Trotsky que respaldan la ley del DDC derivan de una sociedad y economía en transición, como era el caso de la Rusia revolucionaria y que en su día no era un bastión del capitalismo.

Conclusión

La ley del DDC, desprovista del falaz dilema de esto o aquello que da lugar a un análisis no dialéctico, viene fortalecida por la filosofía del materialismo dialéctico. La principal diferenciación de la ley del DDC como una simple abstracción en general y la ley del DDC en el capitalismo como una categoría más completa, viene a desempeñar dos objetivos cruciales: en primer lugar, abandona la noción de la ley del DDC como una abstracción fija y, en segundo lugar, nos obliga a reforzar nuestro análisis del DDC como una ley del capitalismo. Con estos dos movimientos dejamos atrás lo que era una vez un terreno abonado para inferencias tautológicas. Al final de nuestro trayecto podemos incluso volver la cabeza para ver dónde empezamos y para amonestarnos por haber sostenido una vez la ingenua creencia de que el DDC debería “explicar” todo. Tal expectativa trata al DDC como un “mero instrumento productor de evidencias”, implicando que deberíamos estar satisfechos con medias verdades y preguntas parciales en lugar de manejar la “eterna interrogación”. La ley del DDC, si se toma en sí como una abstracción fija, no explica nada y tampoco debemos esperar que lo haga.

Sin embargo, es desacertado concluir afirmando sobre esta base que la ley del DDC carece de valor; también podría decirse que el materialismo dialéctico no posee valor alguno. La lógica del materialismo dialéctico viene a ser algo intrínseco al propio desarrollo histórico, y como nos señala Marx, “el curso seguido por el pensamiento abstracto que avanza de lo elemental a lo combinado se corresponde con el propio proceso histórico” 44/. Cuando abrazamos la lógica del materialismo dialéctico, ahondamos gradualmente en nuestra comprensión de la naturaleza de la correspondencia entre lo real y la idea y, por añadidura, en nuestro conocimiento de la totalidad del cambio histórico 45/.

Hasta que no retomemos la lógica del materialismo dialéctico no podremos empezar a apreciar la relación que guarda la ley del DDC como una constante no diferenciada y la ley del DDC como una categoría históricamente diferenciada en el capitalismo (o en otras épocas y lugares de signo no capitalista). Esta perspectiva libera al DDC de las persistentes controversias y promueve valoraciones más razonables sobre el cambio histórico. Avances sustantivos en esta dirección ya han sido realizados por Anievas y Nişancıoğlu 46/, y si se amplía el marco explicativo más allá de las relaciones internacionales, está mucho más a nuestro alcance. El DDC, como las leyes de la dialéctica en general, no es un “mero instrumento productor de evidencias”, sino una ley abstracta a la que se ha llegado por medio del análisis histórico. Y, lo que es más, como ley abstracta tiene siempre que estar en proceso de ser verificada objetivamente de acuerdo con la lógica del materialismo dialéctico; cualquier cosa menos que esto implica malinterpretar lo abstracto como verdad en lugar de como una búsqueda condicional. En última instancia, ese es el verdadero valor de la ley del DDC: es expresión de nuestro compromiso incondicional por entender el desarrollo histórico por medio de la “eterna interrogación”.

* Susan Dianne Brophy es doctora en Pensamiento Político y Social por la Universidad de York, Toronto, Canadá, y actualmente es Profesora Titular de Estudios Jurídicos en la Universidad St. Jerome, Waterloo, Canadá.

Notas

1/ León Trotsky, Historia de la Revolución Rusa, https://www.marxists.org/espanol/trotsky/1932/histrev/tomo1/; George Novack, Understanding History: Marxist Essays (Nueva York, 1974); Ernest Mandel, El capitalismo tardío (México, 1975).

2/ Justin Rosenberg, “Isaac Deutscher and the Lost History of International Relations”, New Left Review, I, n.º 215 (1996).

3/ Justin Rosenberg, “The ‘Philosophical Premises’ of Uneven and Combined Development”, Review of International Studies, XXXIX (2013).

4/ Benno Teschke, “IR Theory, Historical Materialism and the False Promise of International Historical Sociology”, Spectrum, VI; Sébastien Rioux, “International Historical Sociology: Recovering Sociohistorical Causality”, Rethinking Marxism, XXI (2009).

5/ Jessica Evans, “The Uneven and Combined Development of Class Forces: Migration as Combined Development”, Cambridge Review of International Affairs, XXIX (2016); Sam Ashman, “Capitalism, Uneven and Combined Development and the Transhistoric”, Cambridge Review of International Affairs, XX (2009). También es notable la aparición del DDC en estudios literarios.

6/ Robert Brenner, “Agrarian Class Structure and Economic Development in Pre-Industrial Europe”, Past & Present, LXX (1976); Robert Brenner, “Agrarian Class Structure and Economic Development in Pre-Industrial Europe: The Agrarian Roots of European Capitalism”, Past & Present, XCVII (1982).

7/ Jamie C. Allinson y Alexander Anievas, “The Uses and Misuses of Uneven and Combined Development: An Anatomy of a Concept”, Cambridge Review of International Affairs, xx (2009); Alexander Anievas y Kerem Nişancıoğlu, How the West Came to Rule: The Geopolitical Origins of Capitalism (London, 2015).

8/ Benno Teschke, “IR Theory, Historical Materialism and the False Promise of International Historical Sociology”, Spectrum, vi (2014).

9/ Hay quienes creen sitúan los orígenes de las elaboraciones más loadas del siglo xx sobre el DDC a los escritos del siglo xix de Karl Marx y Friedrich Engels, véase Karl Marx y Friedrich Engels, Obras escogidas de Marx y Engels, https://www.marxists.org/espanol/m-e/oe/index.htm; Jairus Banaji, Theory As History: Essays on Modes of Production and Exploitation (Chicago, 2011); Neil Smith, Uneven Development: Nature, Capital, and the Production of Space, 3ª edición (Atenas, GA, 2008); David Harvey, “Notes Towards a Theory of Uneven Geographical Development”, en Spaces of Neoliberalization: Towards a Theory of Uneven Geographical Development, vol. 8, Hettner-Lectures (Stuttgart, 2005); Radhika Desai, Geopolitical Economy: After US Hegemony, Globalization and Empire (Nueva York, 2013). Pero también sucede que muchos teóricos del DDC solo reconocen estos orígenes de pasada, véase George Novack, “The Law of Uneven and Combined Development and Latin America”, Latin American Perspectives, III (1976). A su vez, Lenin abordó el desarrollo desigual, en particular, en su escrito de 1917 sobre el imperialismo, que se centra en la naturaleza expansiva del capitalismo y su efecto desestabilizador en las relaciones internacionales. Este expansionismo comporta o lleva inherente la búsqueda por un país capitalista del control exclusivo sobre otros territorios que determinaron la Gran Guerra. Lenin se refiere a la manera en que “el desarrollo desigual y espasmódico de empresas, sectores y países individuales es inevitable en el sistema capitalista”, véase Vladímir Lenin, El imperialismo, fase superior del capitalismo (esbozo popular), http://www.fundacionfedericoengels.net/images/PDF/lenin_imperialismo.pdf. También señala que Inglaterra no podría haber logrado la condición de primer Estado capitalista mundial sin establecer un monopolio imperialista sobre los recursos primos que nutrieron el desarrollo de su industria nacional. Más tarde revisó estos planteamientos en la coda del escrito, donde asocia la compulsión expansionista del capitalismo a la creciente desigualdad entre Estados. Pese a que su interpretación del imperialismo como fase se resiste a la noción del desarrollo combinado, la dinámica de su denuncia del imperialismo, sin embargo, se basa en una concepción particular del desarrollo desigual.

10/ León Trotsky, Historia de la Revolución Rusa.

11/ Michael Löwy, The Politics of Combined and Uneven Development: The Theory of Permanent Revolution (Londres: 1981).

12/ León Trotsky, La revolución permanente y Balance y perspectivas.

13/ John Rees, The Algebra of Revolution: The Dialectic and the Classical Marxist Tradition (Londres y Nueva York, 1998).

14/ Frantz Fanon, Piel negra, máscaras blancas (Madrid: Akal, 1952).

15/ Ernest Mandel, El capitalismo tardío.

16/ Chris Harman, “Mandel’s Late Capitalism”, International Socialism II (1978).

17/ Marcel van der Linden, “The ‘Law’ of Uneven and Combined Development: Some Underdeveloped Thoughts”, Historical Materialism XV (2007).

18/ Jon Elster, The Theory of Combined and Uneven Development: A Critique, en Analytical Marxism, ed. John Roemer (Cambridge, 1986).

19/ Sébastien Rioux, “International Historical Sociology: Recovering Sociohistorical Causality”, Rethinking Marxism, XXI (2009).

20/ Rosenberg, The “Philosophical Premises” of Uneven and Combined Development.

21/ Alex Callinicos y Justin Rosenberg, “Uneven and Combined Development: The Social-Relational Substratum of ‘the International’? An Exchange of Letters”, Cambridge Review of International Affairs, XXI (2008).

22/ Desai, Geopolitical Economy. Es posible atribuir este enfoque más estrecho al ámbito del estudio de Callinicos, que se centra menos en consideraciones ideológicas o sociales; no obstante, uno de los rasgos definitorios del desarrollo combinado es que “es mucho más que un fenómeno económico, sino que abarca la totalidad de las relaciones que constituyen un orden social en su conjunto”, Anievas y Nişancıoğlu, How the West Came to Rule.

23/ Neil Davidson, “Putting the Nation Back into ‘the International’”, Cambridge Review of International Affairs, XX (2009).

24/ Sam Ashman, “Capitalism, Uneven and Combined Development and the Transhistoric”, Cambridge Review of International Affairs XX (2009).

25/ Jamie C. Allinson y Alexander Anievas, “The Uses and Misuses of Uneven and Combined Development: An Anatomy of a Concept”, Cambridge Review of International Affairs XX (2009).

26/ Alexander Anievas y Kerem Nişancıoğlu, How the West Came to Rule.

27/ Teschke, IR Theory, Historical Materialism and the False Promise of International Historical Sociology, 12.

28/ Lenin, Obras completas, vol. 38.

29/ Anievas y Nişancıoğlu, How the West Came to Rule.

30/ Marx y Engels, Economic Works 1857-1861, vol. 28; Banaji, Theory as History.

31/ Teschke, IR Theory, Historical Materialism and the False Promise of International Historical Sociology.

32/ León Trotsky, En defensa del marxismo, https://www.marxists.org/espanol/trotsky/1940s/dm/index.htm

33/ Anievas y Nişancıoğlu, How the West Came To Rule.

34/ Banaji, Theory as History.

35/ Lenin, Obras completas, vol. 14.

36/ Giorgio Agamben, The Time That Remains: A Commentary on the Letter to the Romans, trad. Patricia Dailey (Stanford, 2005); Giorgio Agamben, The Sacrament of Language: An Archaeology of the Oath, trad. Adam Kotsko, vol. II, 3, 9 vols., Homo Sacer (Stanford, 2011); J. G. Manning, “The Representation of Justice in Ancient Egypt”, Yale Journal of Law & the Humanities XXIV (2012).

37/ Thomas Douglas Selkirk, “Instructions to Miles McDonell”, 1811. Reel C-1. Library and Archives of Canada – Selkirk Collection. Para más análisis del trabajo de los pueblos indígenas durante el comercio de pieles, véase mi próximo ensayo en Settler Colonial Studies, titulado “Reciprocity as Dispossession: A Dialectical Materialist Analysis of the Fur Trade”.

38/ Esto es lo que ocurrió en el mismo lugar en 1817 con el Tratado Selkirk-Peguis.

39/ George Prevost, “Instructions for the Good Government of the Indian Department, 1812”, en Collections and Researches Made by the Michigan Pioneer and Historical Society (Lansing: Robert Smith & Co., State Printers and Binders, 1895), vol. 23.

40/ Marx y Engels, Economic Works 1857-1861, vol. 28.

41/ Rosenberg, The Follies of Globalisation Theory.

42/ Como explican Anievas y Nişancıoğlu, manteniendo intacto el DDC como “abstracción general”… sin duda plantearía un problema: descontextualizado de toda concepción de estructuras sociales históricamente diferenciadas, difícilmente podrían vislumbrarse las escalas, mecanismos y formas cualitativas precisas de la desigualdad y la combinación, How the West Came to Rule.

43/ Trotsky, En defensa del marxismo.

45/ Karl Marx y Friedrich Engels, Obras escogidas de Marx y Engels, vol. 25.

[45] Marx y Engels, Economic Works 1857-1861, vol. 28.

46/ Véase también mi ensayo en Law and Critique, titulado “An Uneven and Combined Development Theory of Law” (2017).

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