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De la democracia directa a la dictadura de facto de Warnken

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Le Monde Diplomatique 22 de diciembre de 2022  

por Lisette Vergara

Durante las negociaciones, previas al “Acuerdo por Chile”, distintas fuerzas políticas estuvieron por meses negociando, pasando de un órgano 100% electo, paritario, con independientes y escaños para pueblos originarios, a uno totalmente designado por el Congreso, para luego caer en la disputa por los guarismos. Sin embargo, la propuesta que terminó conciliando el acuerdo entre las partes fue uno que tomaba la propuesta original de Renovación Nacional (50 miembros 100% electos), pero modificado por el partido en formación Demócratas, que tomaba los 50 miembros electos, pero con la generación de un ante proyecto redactado por 24 “expertos” designados por el Congreso. Por lo que, en resumen, será un órgano mixto, tutelado por un Comité de Admisibilidad, doce bordes constitucionales, un anteproyecto elaborado sin ninguna persona electa por voto popular y la posibilidad futura de que estos expertos designados veten el texto final, entonces ¿Qué funciones tendrá la parte electa del órgano redactor? Cómo dijo el líder del no Partido Político, Cristián Warnken en relación a la posibilidad de que existiese un órgano 100% electo: “Se está invalidando al órgano representativo democrático que es el Congreso [para designar totalmente al conjunto de personas que escribirían la nueva nueva Constitución]. Se está instalando una suerte de dictadura de facto”. Dejando entrever el rechazo que éste y algunos sectores de la derecha que adhirieron a su propuesta tienen por la participación soberana. Por lo que un órgano 100% electo no tendría cabida a menos que estuviera tutelada por el Congreso Nacional. No obstante lo anterior, hay a los menos dos cosas que debemos resaltar, en primer lugar no se puede pasar por alto que el Congreso Nacional lleva años siendo cuestionado por la opinión pública, la que en diversas encuestas no supera el 6% de confianza por parte de la ciudadanía, por lo que cabe cuestionarse la legitimidad social del Congreso para llevar a cabo un nuevo acuerdo constitucional; ya que entre guitarras, pelotas, cocineros, golpes e insultos, sólo ha ido en aumento su desprestigio y desapego con las necesidades de las personas que esperan con ansias que el poder legislativo realice las tareas para lo cual fue elegido, para legislar en pos de mejorar la calidad de vida de las personas y no se entrampen en el espectáculo de la TV política y los gallitos entre izquierda, derecha, izquierdas contra izquierdas y derechas contra derechas. En segundo lugar, Warnken habla de una “dictadura de facto” al momento que se discutía y defendía que fuesen las personas quienes eligieran a los futuros convencionales y no fuesen designados por el Congreso. ¿Es una Dictadura de facto el que se aplique el principio fundamental cualquier democracia? ¿Qué tanto desprecio tiene Warnken por las personas? Quizás lo dice porque es consciente que él no ha sido electo por voto popular o tal vez, realmente tiene una visión deformada de la democracia. Estos dichos son peores al recordar que los “movimientos” presentes en la firma del Acuerdo por Chile eran UNIR con un diputado ex PS, Demócratas con dos senadores ex DC y Amarillos con un diputado ex DC, y que en estricto rigor podemos decir que nadie ha votado por las ideas que representa cada uno de estos “partidos en formación”, por lo que las declaraciones de Warnken son tan antidemocráticas como el hecho de que se haya sentado a la mesa de negociaciones en igualdad de condiciones para acordar el futuro constitucional del país.

Sin embargo, este escenario era uno de los posibles ante el triunfo del rechazo, en que la derecha se vería fortalecida y aquellos que ostentan el centro se verían revitalizados ante la derrota programática de izquierda. No es coincidencia que parezca un recuerdo preciado lo ocurrido en la Convención Constitucional, donde fuera de sus errores y falencias, gozaba de ser un proceso transparente como nunca antes visto en la historia del país. Sus sesiones eran transmitidas, se subían extractos de los convencionales a sus redes sociales, eran comentados, generándose una suerte de comunidad entre quienes seguían atentos lo que acontecía en la Convención. Todo esto puede que no ocurra en el nuevo proceso, primero porque no está explicitado en el acuerdo, ya que no fue una prioridad dentro de las negociaciones, pero también porque se ha resaltado el hecho de que este nuevo proceso no puede ser igual al anterior, entonces ¿para qué volver a hacer algo que no resultó? Esa es la respuesta que se tiene a flor de piel cuando se busca recuperar algo del proceso anterior, tratando de ocultar y eliminar todo vestigio del mismo, desde los aciertos que tuvo la Convención Constitucional, hasta la invisibilización de las y los ex convencionales, que a menudo son atacados cada vez que buscan dar una opinión sobre la contingencia, como si fuesen los villanos en este guion que aún se está escribiendo, buscando soterrar el trabajo y la lucha por causas que ahora parecen estar a lo menos silenciadas. Ahora que ya han trascurrido los tres meses desde que se debió promulgar la propuesta de Constitución 2022, en donde la decimocuarta norma transitoria establecía que el SERVEL debería estar dictando en este momento “los instructivos y directrices necesarias para la implementación de este mecanismo de participación popular (la “Iniciativa popular de ley”) y de la iniciativa de derogación popular de ley” en que a cualquiera de estos dos mecanismos de participación tendría urgencia simple, por lo que se estipulaba que tendría 30 días para ser conocido y despachado por el Congreso cualquier moción que ingresara por estas vías populares. Es inevitable pensar en que se podría utilizar como una herramienta de participación efectiva, en que las personas por medio de la organización podrían disputar e instalar temas en el Congreso Nacional que responda a las demandas mayoritarias de la sociedad. Y no se podría acusar que aquello es una dictadura de facto, por el contrario, sería una democracia renovada en que las personas tendrían mejores y mayores instancias de participación. Incluso podrían acelerar proyectos legislativos que por distintos motivos hoy duermen en el congreso, como es el caso de la “Ley contra incendios”. Moción que fue ingresada el año 2020 y que, pese a que los incendios han ido en aumento estos últimos años, así como también las complejidades propias del calentamiento global y las altas temperaturas, no se ha puesto como prioridad legislar con respecto a esto, más aún cuando las discrepancias con las políticas de las inmobiliarias han ido también en aumento afectando de manera exponencial a las personas, la flora y fauna. Con la iniciativa popular de ley, esto podría haber entrado por fuera de la institucionalidad legislativa e irrumpir en escena, haciendo que los legisladores por mandato constitucional tuvieran 30 días para realizar todo el trámite, logrando de este modo avanzar hacia un cambio cultural, en que dejaríamos de ser depositarios de la soberanía en otro, sino que, por el contrario, seríamos los artífices de encausar y agilizar demandas con un sostén legal para su aplicación y exigencia.

Sin embargo, hablar hoy de mecanismos de democracia directa parecen algo sumamente lejano en tiempos en que la democracia tutelada se hace presente con la designación de los expertos y porque no fue un tema resguardado entre los 12 bordes constitucionales, por lo que estaremos a merced de quienes sean designados o de la perspicacia de algún electo para que volvamos tan siquiera a tener la discusión sobre la iniciativa popular de ley, la derogación de ley o la Asamblea Constituyente como mecanismo de redacción de una futura carta magna. Atrás quedará la participación vinculante adquirida y plasmada en diversos artículos de la propuesta constitucional rechazada, donde en educación, salud, trabajo, vivienda y otras áreas del diario vivir tenían de protagonistas a las y los soberanos, quienes en sus manos tenían la herramienta para realizar los cambios que hoy se ven apartados de nuestras atribuciones civiles, y quedan relegadas sólo a aquellos que siempre han amasado poder, postergando nuestra participación a meros espectadores. Adicionalmente, este nuevo proceso que se avecina hace difícil la aplicación de mecanismos de participación popular durante la redacción de la nueva nueva Constitución, ya que no se ha propuesto utilizar ni los documentos recopilados tras los cientos de audiencias públicas en el proceso anterior, ni la incorporación de vías de participación como las iniciativas populares de norma, las jornadas de deliberación o la rendición de cuentas de los expertos designados y los consejeros electos.

Estamos ante un nuevo proceso que se aleja mucho del proceso anterior, y si bien eso es lo que buscaron hasta el hartazgo las distintas fuerzas políticas que concertaron este nuevo acuerdo constitucional, la falta de transparencia y participación popular no es algo que debiesen desestimar, por el contrario, pese a toda crítica del proceso anterior, estos puntos nunca fueron cuestionados, quizás si olvidados y silenciados, pero no hubo críticas, puesto que no solamente eran acciones de buena fe, sino que realmente se creía en la importancia de la participación, cosa que quedó ampliamente reflejado en el reglamento de participación popular que dejó la convención, pero que la arrogancia y la embriaguez del que se preocupa de eliminar a todos sus enemigos tiene, no les permitió recoger esos aprendizajes y plataformas que quedaron a disposición.

Lisette Vergara
Ex Convencional Constituyente por el Distrito 6. Licenciada en Educación y Profesora de Historia y Geografía de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación. Correo electrónico: vergaralisette720@outlook.com

Martes, 20 de diciembre del 2022

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