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ARGENTINA Y LA DEUDA EXTERNA LECCIONES APRENDIDAS

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“La crisis argentina debería hacernos recordar

la imperiosa necesidad de reformar el sistema financiero mundial,
y por una profunda reforma del FMI es por donde deberíamos comenzar”
JOSEPH SITGLITZ, 2001.

Latinoamérica Mejor Sin TLC

Introducción
La dictadura cívico- militar que sufrió Argentina entre los años 1976-1982 dejó como marca indeleble no sólo
la desaparición forzada de 30 mil personas sino también un mascarón de proa de la inauguración de un
sistema de relaciones económico-financieras con un poderoso y negativo impacto social que llevó a nuestro
país a proceso de valorización financiera del capital basado en el endeudamiento y la fuga de divisas.
Al proceso desatado en la década de los ´90 basado en las privatizaciones de los servicios públicos, como
primer pilar, y en lo que se denominó el régimen de convertibilidad, que igualaba el valor del peso con el valor
del dólar, como segundo pilar, hay que sumar un proceso de desindustrialización que nació durante la
dictadura cívico-militar pero que se profundizó durante el gobierno de Carlos Menem. Este régimen de
acumulación inaugurado a mediados de la década del ´70 entró en crisis profunda a finales de la década del
´90 con el consiguiente desastre socioeconómico previsto por muchos analistas.
El entonces gobierno de la Alianza con el presidente Fernando De la Rúa a la cabeza y en el marco de una
crisis cada vez más profunda de la economía argentina, acordó a fines del año 2000 el llamado “blindaje
financiero” cuya garantía de fondos frescos le permitiría pagar capital e intereses de la deuda en los años
siguientes, 2001 y 2002. Las expectativas de los grandes jugadores del mercado eran nulas y los casi 39.700
millones de dólares tuvieron un impacto limitado. La explicación a este fracaso estrepitoso se vincula con que
la mayoría de los fondos del “blindaje” solo eran promesas de financiación de títulos ya emitidos y no una
solución real. Ante el fracaso la posibilidad de un default se hizo cada vez más fuerte y es así como se optó
por una reestructuración voluntaria de la deuda que el gobierno bautizó “megacanje”.
Esta nueva maniobra para evitar la caída de la economía argentina redundó en un incremento de la deuda ya
que los nuevos bonos representaron una deuda de 29.232 millones de dólares y el gobierno logró canjear
27.022 millones de dólares incrementando la deuda en 2.210 millones de dólares. El objetivo perseguido
nunca fue alcanzado, la deuda se incrementó, las comisiones a los intermediarios financieros siguieron
creciendo y en definitiva el gobierno de la Alianza logró ganar algo de tiempo a un costo onerosamente alto
para el desarrollo y las necesidades de Argentina.
Hacia el final de 2001, en la antesala de la peor crisis social y económica de nuestro país y con las medidas de
“blindaje” y “megacanje” sin ofrecer respuestas, Argentina declaró oficialmente la cesación de pagos de su
deuda con el visto bueno de toda la clase política y gran parte del empresariado y los sindicatos. Ahí
comenzaba otra historia.

La deuda de Argentina
“No existen deudores irresponsables sin acreedores irresponsables”, esta fue la frase que eligió el ministro de
Economía y principal negociador de la deuda argentina en manos privadas, Martin Guzmán, para dar cuenta
y con claridad la posición del gobierno de Alberto Fernández sobre el rol desempeñado por el gobierno de
Mauricio Macri y los acreedores privados en la negociación la deuda que dio lugar a lo que se conoce como el
“tercer gran ciclo de endeudamiento” de Argentina.
La actual renegociación le permitió a Argentina ahorrar cerca de 40 mil millones de dólares para los próximos
años. Los detalles del acuerdo en sus líneas centrales fueron:

  1. Reducción del interés por los títulos externos. Un ahorro del 3.93%. Ahora se pagará una tasa que
    promedia el 3,07% cuando antes se pagaba cerca del 7 por ciento.
  2. Durante los próximos 5 años Argentina desembolsará 4.500 millones de dólares y no 30.200 como
    estaba acordado originalmente.
  3. Si considera el canje de títulos externos junto con el de deuda local en moneda extranjera, la
    Argentina tendrá un alivio financiero de 37.700 millones de dólares en el período 2020-2030.
    La idea de sostenibilidad de la deuda, planteada por el gobierno de Fernández a los negociadores de los
    fondos privados, tienen como ejes centrales:
    ● la posibilidad de efectuar los desembolsos de acuerdo con la capacidad de producir recursos genuinos
    sin apelar a ajustes ni políticas de austeridad.
    ● Que una deuda sea sostenible significa acuerdos basados en cómo nos endeudamos, en cuanto nos
    endeudamos, en para que nos endeudamos y a través de quien nos endeudamos.
    Dos herramientas centrales para esta nueva etapa de Argentina y su búsqueda en la sostenibilidad del
    endeudamiento, lo determina la reciente Ley Nacional emanada del Congreso Nacional que busca otorgar
    previsibilidad a futuros procesos de adquisición de deuda.
    La Ley 27.544 de sostenibilidad de la deuda externa que permitirá encauzar un proceso de reestructuración y
    potencial nuevo endeudamiento salvaguardando los intereses argentinos en materia de endeudamiento,
    entre sus puntos destacados sugiere:
  4. Buscar que la reestructuración restablezca un sendero sostenible para la deuda.
    a. que presente un nivel, estructura y perfil que, acompañado por un programa compatible con
    un crecimiento económico estable y equitativo, permita atender regularmente los
    compromisos de pago.
    b. Esto implica que la deuda tenga una magnitud y estructura de vencimientos que no ahogue
    el crecimiento, permita atender las necesidades de la población —en particular, las de los
    sectores más vulnerables— y no lleve a una nueva crisis de deuda en los próximos años.
    c. Negociar de buena fe implica reconocer que los acreedores privados deberán asumir pérdidas
    o postergaciones.
    La Ley también establece que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera, y con prórroga de
    jurisdicción, requerirá autorización del Congreso de la Nación. Asimismo, los acuerdos futuros con el Fondo
    Monetario Internacional (FMI) deberán también ser aprobados por el Parlamento.2
    En síntesis, esta nueva Ley sugiere:
  5. Que, dentro del presupuesto nacional, el ejecutivo deberá prever un porcentaje máximo para emitir
    títulos públicos en moneda y bajo jurisdicción extranjera respecto del monto total de emisiones
    autorizadas para ese año; y, en caso de que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del
    Congreso de la Nación que la autorice expresamente.
  6. Que los futuros acuerdos con el FMI y organismos internacionales deberán ser aprobados por el
    Congreso.
  7. Que queda expresamente prohibido destinar los futuros préstamos a gastos primarios corrientes (es
    decir, aquellos que no tienen como contrapartida una creación de activos como los gastos de capital).
    De este modo, es necesario profundizar el análisis de la reestructuración de la deuda. La de De la Rúa no sirvió
    y la de Fernández ¿servirá? Esperamos que sí, pero hay un cambio de posición: que la deuda sirva para el
    desarrollo y no para gasto corriente y la necesidad de reevaluar los condicionamientos del FMI.

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